Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha confirmado que Seguros Caser tendrá que pagar 90.584 euros a la familia de un hombre que contrató un seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario sin incluir en el cuestionario de salud que padecía una enfermedad que le había provocado una incapacidad, pero que no fue la que le causó la muerte.
El alto tribunal ratifica que el empleado de la caja prestamista rellenó dicho cuestionario y que la discapacidad era “evidente a simple vista”, por lo que tanto la entidad financiera como Caser “han de asumir las consecuencias de esa inexactitud consciente y voluntariamente aceptada”. Además, la causa del fallecimiento fue un cáncer detectado tras la firma de la póliza de seguro que nada tenía que ver con su estado de invalidez.
La Sala de lo Penal desestima así los recursos interpuestos por Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros (Caser) contra la sentencia de la Audiencia de Madrid, que le condenaba al pago de 90.584 euros en virtud de la póliza de seguro concertada por este hombre en julio de 2009.
El hombre no rellenó a mano el cuestionario
La sentencia, con ponencia del magistrado Ignacio Sancho, declara probado que este hombre adquirió en junio de 2009 una vivienda en San Fernando de Henares (Madrid) y se subrogó en la hipoteca que la gravaba en virtud del préstamo otorgado por Caja de Guadalajara por 90.584 euros. Un mes después, suscribió un seguro de vida, con referencia como "préstamo cubierto" al hipotecario otorgado por dicha entidad.
El seguro obligó a cumplimentar "mecánicamente y no de forma manuscrita" una declaración sobre el estado de salud de este hombre, que falleció en abril de 2010. La aseguradora afirmó que el hombre había "ocultado sus antecedentes médicos y el tratamiento que estaba recibiendo" y, por ello, quedaba liberada de pagar ese dinero.
Sin embargo, los magistrados recalcan que el empleado de la caja cumplimentó el cuestionario y lo incorporó al contrato, siendo "plenamente consciente de las dolencias físicas notorias y evidentes" que el tomador del seguro presentaba. "Las dolencias omitidas en la declaración de salud, que habían motivado la declaración de invalidez, estaban asociadas a deformaciones físicas y a limitaciones funcionales de movilidad evidentes, y necesariamente apreciables a simple vista", concluye la sentencia.
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