El TSXG admite parcialmente el recurso de la afectada y obliga a la Administración a pagarle el sueldo que le debe

Sede del TSXG, que ha ordenado reponer en su puesto a una médica interina
Sede del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.


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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado el cese de una médica interina y ha ordenado que regrese a su trabajo como facultativa evaluadora en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Ourense hasta que la Subdelegación del Gobierno de Ourense “provea de forma legal y reglamentaria dicho puesto”. La Administración convocó una OPE para ocupar la plaza con un funcionario de carrera, pero, una vez concluido el proceso selectivo mediante una resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública del 2 de septiembre de 2022, a ninguno de los aspirantes que lo superó le fue adjudicado el puesto.

En octubre, el secretario general de la Subdelegación del Gobierno en Ourense acordó el cese de la médica interina que hasta ese momento ocupaba el puesto, perteneciente a la escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Seguridad Social. La afectada interpuso un recurso contra la resolución, y, ahora, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG lo ha estimado parcialmente.

El alto tribunal gallego obliga a la Administración no sólo a devolver a la trabajadora al puesto, sino también a abonarle los salarios que ha dejado de percibir desde su cese hasta que su reincorporación se haga efectiva. A esas cantidades han de “restarse las sumas que se acrediten que haya podido percibir en ese tiempo intermedio, más los intereses legales que correspondan, y con todos los derechos sociales que sean propios de aquella declaración de reposición”.

Cese contrario al ordenamiento jurídico y al EBEP


El TSXG sostiene que la resolución del cese fue contraria al ordenamiento jurídico “porque no se adecúa a las causas recogidas en el artículo 10.3 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)”, que es el que establece los supuestos en los que han de finalizar la relación de interinidad entre un trabajador y la Administración.

Los magistrados explican en la sentencia que la Subdelegación cesó a la demandante porque dejó de estar vigente la causa que había propiciado su nombramiento. “En ese caso subsiste la necesidad de cobertura con funcionario interino de la plaza que continúa vacante, por lo que resultaría contradictorio considerar conforme a Derecho el cese del interino que estaba ocupando el correspondiente puesto”, indican. En cualquier caso, la sentencia no es firme: todavía cabe presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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