Servizo Galego de Saúde (Sergas).
17 nov. 2021 17:25H
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El Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra ha absuelto a un médico acusado de “homicidio por imprudencia grave”. El caso se remonta al pasado mes de agosto de 2018, cuando el ya fallecido acudió al centro médico de A Estrada, en Pontevedra, y no pudo ser atendido por la falta de facultativos en el centro.
Tal y como recoge la sentencia, el médico gallego tenía que haber prestado una guardia médica en turno de tarde, pero esta no se habría cubierto. En concreto, el paciente enfermo de parkinson, acudió al centro de salud aquejado de fiebre, dolor abdominal y dificultad respiratorio. Durante la tarde en la cual el médico debía cubrir la guardia, el paciente murió “ahogado en su vómito”, unos hechos que se podrían haber evitado “si se hubiese actuado conforme a protocolo”.
El dictamen reconoce que, aunque la asistencia del médico habría “evitado la muerte”, esta no es achacable al facultativo. Es así como, el médico que estaba de guardia habría comunicado la Estructura Organizativa de Xestión Integrada de Santiago que el sanitario de refuerzo no asistirá al turno de tarde, debido que ya se encontraba realizando otra guardia en el PAC de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).
Destaca así que, varias horas antes de que el paciente llegara al centro médico y solicitara asistencia ya se conocía la ausencia del médico, la cual no iba a ser cubierta. En este sentido, la sentencia recalca que el Servizo Galego de Saúde (Sergas) ya tenía conocimiento de la situación, de manera que, sabiendo que el acusado no podía cubrir la guardia, debió haber adoptado las medidas necesarias para liquidar la situación”.
Junto al médico absuelto, ninguno del resto de médicos de las listas del Sergas podía encargarse de la guardia, contando el centro médico con tan solo una sanitaria de Atención Primaria, que la tarde de los hechos se encontraba asistiendo a otro paciente a domicilio.
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