Redacción. Murcia
La consejería de Sanidad de Murcia deberá abonar indemnizaciones que suman 390.000 euros a la viuda y a los dos hijos de un paciente que contrajo una meningitis. Así lo dispone una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM), que indica que desde que se produjo la primera intervención quirúrgica hasta su fallecimiento "pasaron seis años plagados de sufrimiento".
La sentencia, que tiene como ponente al magistrado Indalecio Cassinello, se basa en el informe pericial elaborado por un catedrático de la Universidad de Murcia para concluir que este enfermo "no fue tratado adecuadamente, ya que se debió sospechar el origen fúngico y no sólo bacteriano de la meningitis que padecía".
Para la sala, se ha acreditado a lo largo del proceso iniciado con la demanda de sus familiares el retraso en el diagnóstico y las consecuencias que ello tuvo en la salud del paciente, que falleció "tras su larga y penosa enfermedad".
La sentencia relata el peregrinar del enfermo -de 37 años de edad- por diversos hospitales, tanto de la Región de Murcia como de otras comunidades, que se inició en enero de 2000 cuando en Virgen de la Arrixaca de Murcia le diagnosticaron una tumoración cerebral.
En marzo de ese mismo año se la practicó una craneotomía frontal derecha, "resultando satisfactoria su evolución durante las primeras 48 horas, pero, tras ellas, tuvo que ser reintervenido dos días después para evacuación de hematoma", no detectándose la hepatitis hasta el 27 de marzo.
Las entradas en los hospitales fueron frecuentes a lo largo de más de un lustro, hasta el punto de que, como afirma la sentencia, hubo un año en que pasó más tiempo en ellos que en su casa.
Para la Sala, lo importante a la hora de dictar su fallo condenatorio "no es si la infección fue endógena o exógena, ni tan siquiera si se produjo o no el olvido de una toronda de algodón en las dos primeras intervenciones quirúrgicas, sino si fue tratado adecuadamente de su meningitis, y debemos concluir que no lo fue".
El tribunal declara la responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria, aunque limita la indemnización a percibir por los herederos a 390.000 euros, frente a los que reclamó su letrado que pidió 1,2 millones más la cantidad correspondiente a los días de hospitalización y de curación.