Imagen del juicio.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena a
20 años de cárcel impuesta a la
auxiliar de enfermería Betriz L.D. por un delito de asesinato en relación con la muerte en agosto de 2017 de una paciente ingresada en el Hospital Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares.
Así consta en la sentencia en la que los magistrados desestiman el recurso interpuesto por la
defensa contra la sentencia, de julio de 2019, que impuso la citada pena.
La sentencia de instancia absolvió a la auxiliar del otro delito de asesinato del que fue acusado y de la tentativa, conforme al veredicto del Jurado Popular que enjuició los hechos. El fallo recurrido también impuso a la
condenada la medida de libertad vigilada consistente en la prohibición de desempeñar actividades como auxiliar de clínica en cualquier Hospital o Centro médico durante un período de 10 años.
Desvalimiento de la víctima
En su sentencia, el TSJM recuerda que el fallo apelado ha considerado "las
circunstancias personales" del delincuente, "cuando refiere cómo la naturaleza muy específica de la dinámica comisiva llevada cabo mediante al aprovechamiento de las circunstancias profesionales de la acusada evidencia un elevado grado de peligrosidad criminal que debe resultar conjurado".
"La sentencia justifica sobradamente la pena de prisión que impone por el especial desvalor de la acción que deriva del
La Fiscalía solicitaba un total de 40 años de cárcel por dos delitos
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radical desvalimiento de la víctima y de la condición profesional de la agresora, a la que asiste un especial deber de preservar la salud y la vida de los enfermos a su cargo, pero quien, a la vez, dispone de la
capacitación y de los medios para atentar contra esos bienes de la vida penalmente protegidos", recalca.
Durante el juicio, la acusada defendió su inocencia e insistió en que a ella le gusta dar vida y no quitarla. "Beatriz, alias el ángel de la muerte" como se le ha apodado
"no ha matado a nadie", sino que ha dado "vida y paz a sus pacientes", asevero.
Prisión permanente revisable
El Jurado Popular tuvo que determinar si inyectó o no aire en el cuerpo de sus víctimas. El fiscal solicitó 40 años de cárcel por dos delitos, mientras que las acusaciones pedían
prisión permanente revisable ante la vulnerabilidad de las afectadas.
En la última sesión, la vista oral dio un giro por completo al modificar el fiscal y las acusaciones su relato de los hechos antes las dudas de si la procesada uso jeringuillas o una
máquina de oxígeno para dar muerte a sus víctimas. La causa de la muerte fue una embolia gaseosa masiva que no pudo ser accidental.
La defensa hizo uso de esta "duda razonable" para plantear más culpables, incluso apuntando a una posible
"mala praxis" en el servicio de enfermería por el mal uso de utensilios y la hipótesis de que alguien pudo meter aire a los cadáveres.
"Solo se investigó a mi clienta porque se pensaba que el hecho se cometió con jeringuillas, lo que descartaba al resto de personas. El
uso de oxígeno abre la posibilidad a otros culpables", aseveró.
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