Joaquín Cayón.
Quienes se dedican al estudio de la
neurotecnología asumen que los límites de sus posibilidades son todavía difusos. Se trata, afirman, de un campo del que queda mucho por explorar y que presenta también desafíos desde un punto de vista legal. “Hablamos de herramientas que permiten hacer modificaciones en la mente humana que parecían impensables hasta hace poco, y lógicamente, arrastran problemas de naturaleza ética y jurídica”, desliza
Joaquín Cayón, director del grupo de investigación en Derecho Sanitario de Idival-Universidad de Cantabria. Provocar cambios en el apetito, en el deseo sexual o incluso en el índice de inteligencia son solo algunas de las puertas que se abren en el futuro inmediato. Un escenario de “Medicina digital”, apunta el investigador, que fuerza a
blindar los derechos de los pacientes y la “intimidad de los datos de su cerebro”. “La
asistencia sanitaria tiene que acompañar estos principios”, sostiene.
Cayón, uno de los protagonistas del
30 Congreso Nacional de Derecho Sanitario que la
Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS) celebra los días 7 y 8 de noviembre en Madrid, incide en la importancia de que el ámbito jurídico se anticipe a las “consecuencias” de una neurotecnología que puede “alterar la esencia misma” del ser humano. “Incluso su identidad y sus pensamientos”, afirma. En este sentido, detalla que estas herramientas pueden tener un
uso terapéutico (para curar una enfermedad o una ‘desviación de la normalidad’ en el cerebro) pero también
“aumentativo” (para desarrollar capacidades o alterar la forma de ser del individuo). Ya existen, de hecho, corrientes que promueven “nuevos derechos de los individuos” que blinden su seguridad “ante una realidad que no por desconocida hace que no esté ya en vigor”. Una de ellas la encabeza otro investigador español,
Rafael Yuste, desde la Universidad de Columbia en Estados Unidos.
‘Hackear’ los datos del cebrero
En declaraciones a
Redacción Médica, Cayón explica que en España ya se abordan los neuroderechos en la
Carta de Derechos Digitales del año 2021, aunque esta “no tiene valor vinculante”. Es, simplemente, un documento “que reconoce determinados derechos digitales pero que no es obligatorio”, sino
“indicativo, orientativo”. Hay países más avanzados en este campo, como
Chile, que llegó a aprobar una reforma constitucional para recoger “explícitamente” estos derechos.
“Existen dos grandes corrientes -continúa-. Los que sostienen que los neuroderechos son una categoría necesaria, y por tanto, hay que reconocerlos; y otros que creen que
son derechos que ya preexisten”.
Su posición es “intermedia”: “Si bien es cierto que los derechos relacionados con la
implementación de nuevas tecnologías pueden deducirse preexistentes, no está de más que sirvan para poner el foco en una cuestión ciertamente desafiante para el Derecho Sanitario por la
problemática que supone para los datos cerebrales y neuronales”. Es decir, lo que la gente “piensa”, que es información cuyo uso no está “tipificado” con el reglamento europeo de protección de datos.
“Hay activistas que sostienen que los datos cerebrales pueden perfectamente ser hackeados -advierte-. Por tanto, sí que sostengo que la regulación esta información almacenada en nuestro cerebro debería estar específicamente prevista en el ordenamiento jurídico”.
Del juramento hipocrático al tecnocrático
Respecto al papel activo de la sanidad en el ámbito de la neurotecnología y la preservación de los derechos del paciente, el investigador cántabro llama a avanzar “de un
juramento hipocrático (que considera paternalista e incompatible con el principio jurídico de autonomía del paciente) a uno
tecnocrático”. “Pero es que, además, tenemos otro problema, que es que la Medicina actual ya no es analógica, sino digital”, continúa. Y, por tanto, se hace necesaria “una reconsideración del o que ha de ser la asistencia sanitaria moderna”.
“Lo que propongo es formular un nuevo juramento, una nueva concepción de la aplicación de las nuevas tecnologías que sea respetuosa con los derechos fundamentales y con el principio de autonomía del paciente”. En España, añade, la asistencia de salud estará regulada por la Ley de Autonomía del Paciente del año 2022, pensada “para la
Medicina analógica”. “Y, por tanto, los profesionales tienen que ser acompañados hacia una Medicina tecnológica que permita la preservación de los principios de autonomía y de seguridad jurídica de los usuarios”.
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