Según su dictamen, los recortes en este modelo por parte del Estado fueron necesarios para salvar el déficit público y la viabilidad económica del país en época de crisis



7 mar. 2016 17:52H
SE LEE EN 4 minutos
Redacción. Madrid
La reforma del sistema de financiación de la Ley de Dependencia aprobada por el Gobierno del Partido Popular es legal, según dictamina el Tribunal Constitucional en su última sentencia sobre este asunto y publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) este lunes.

Francisco Pérez de los Cobos, presidente del TC.

El Alto Tribunal se hace eco de una denuncia que interpuso el Gobierno de la Generalitat de Cataluña contra los recortes en dependencia que introdujo el Ejecutivo del PP en el Real Decreto-Ley 20/2012 para velar por la sostenibilidad económica del país en un momento de crisis.

En su denuncia, el Gobierno autonómico denuncia la inconstitucionalidad de la medida de la Administración central, al considerar que han aprovechado esta oportunidad “para introducir en ese paquete de medidas algunas que, en absoluto, requerían de su adopción urgente” (en referencia a la reforma de la Ley de Dependencia). Asimismo, opina que “la potestad de adoptar una medida de estas características le corresponden a la Generalitat y no al legislador estatal”.

Recortes en el gasto público para salvar el déficit

El TC alega que el Real Decreto-Ley 20/2012 comienza aludiendo al nuevo periodo recesivo de la economía española, lo que obligó al “diseño de una estrategia de política económica que contenga los elementos adecuados en el presente contexto”. Es decir, mecanismos a medio plazo y capaces de “concitar la credibilidad de los mercados financieros”.

“La actual coyuntura económica y la inexcusable necesidad de reducir el déficit público para alcanzar la estabilidad presupuestaria, hacen necesario que las medidas expuestas se aprueben con la máxima urgencia, con pleno respeto al marco constitucional y al establecido por la Unión Europea”, reza un párrafo común de esta normativa y que el Tribunal Constitucional respalda. “De hacer posible el cumplimiento de los objetivos de déficit comprometidos por España y con esta finalidad se adoptan una serie de medidas tanto presupuestarias como tributarias y financieras dirigidas al cumplimiento de este objetivo”.

En cuanto a la clasificación de la dependencia por grados, el TC considera el Gobierno central solventó el posible perjuicio que pudieran provocar estos recortes a través de tres niveles, lo que simplificará la gestión y permitirá atender de forma prioritaria a los que tengan mayor grado.

“La sostenibilidad económica del SAAD, la situación por la que atraviesa la economía española y la exigencia de cumplimiento de los objetivos de déficit público, requieren la adopción por el Gobierno de medidas urgentes que se traduzcan en ahorros inmediatos en el gasto de las administraciones públicas”, dicta la Justicia.

Se rompe el derecho de igualdad de acceso, según Cataluña

Cataluña considera que estos recortes impuestos desde el Gobierno central menoscaban el derecho de igualdad que tienen los usuarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) a acceder a las prestaciones básicas. Pero no solo eso. Esta reforma, según la Generalitat, “vacía de contenido la competencia autonómica exclusiva en materia de servicio sociales” y “obliga a las comunidades autónomas a poner sus disponibilidades presupuestarias al servicio de la dependencia”.

“Si el Estado condiciona su aportación en función de la mayor o menor valoración que haga de cada modalidad de prestación asistencial, va a condicionar en la misma medida la aportación de recursos propios de la comunidad autónoma y a romper la igualdad entre los beneficiarios del sistema”, alega.

Por ello, para los letrados de la Generalitat, una vez se ha roto este marco de cooperación, no pueden mantenerse los mismos criterios de organización del SAAD “ni imponiendo criterios de coordinación de los procedimientos de clasificación de los dependientes”. Y todo porque, según consideran, la reforma del sistema de la dependencia se ha adoptado unilateralmente por el Estado sin intervención autonómica alguna.

ENLACES RELACIONADOS:

Acceda a la sentencia del Tribunal Constitucional publicada en el BOE
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.