Redacción. Valencia
María José Català.
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El pleno del Consejo ha aprobado el nuevo decreto por el que se regulará el procedimiento para la jubilación forzosa, la prolongación en el servicio activo y la jubilación voluntaria del personal estatutario de las instituciones sanitarias.
Éste ha sido uno de los acuerdos del pleno del Consejo reunido este viernes, después de que la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Tsjcv) declarara la nulidad de la orden 2/2013 de la Consejería de Sanidad que obligaba al personal sanitario a jubilarse, de manera forzosa, a los 65 años.
La comunidad explica en un comunicado que el 30 de julio se negoció el proyecto de decreto con la Mesa Sectorial y ahora, tras obtener el dictamen favorable del Consejo Jurídico Consultivo, el Gobierno valenciano ha aprobado el decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana.
De esta manera, se subsana el "defecto formal" al que hacía referencia la sentencia del Tsjcv sobre el Plan de Ordenación de Recursos Humanos y la Orden de jubilación del personal sanitario a los 65 años, que indicaba la necesidad de regular esta materia con una norma de rango de decreto. Una vez entre en vigor este decreto derogará la anterior Orden 2/2013, de la Consejería de Sanidad.
La portavoz del Consejo, María José Català, ha explicado que la decisión del Tsjcv "no entraba en el fondo" de la cuestión, sino que advertía de "defectos de forma".
Así, ha señalado que este nuevo decreto soluciona "los defectos de forma" y, asimismo, cuenta con el informa favorable del Consejo Jurídico Consultivo. Del mismo modo, la jubilación forzosa ya no se regula mediante una orden, sino no en un decreto.
Plan de ordenación de recursos humanos
La regulación de la jubilación se enmarca dentro del Plan de Ordenación de Recursos Humanos de las Instituciones Sanitarias dependientes de la Consejería de Sanidad, un documento presentado al Consell hace un año, que analizaba los objetivos de la administración en materia de personal, en cumplimiento de lo previsto en el Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.
El Plan de Ordenación, negociado en la Mesa Sectorial de Sanidad, es de aplicación a todo el personal adscrito a las instituciones sanitarias dependientes de la consejería --en torno a 50.000 personas--, con vigencia indefinida.
Para llevar a cabo la ordenación de los recursos humanos, el plan analiza las principales características de la plantilla de las instituciones sanitarias de gestión directa. Una de las principales conclusiones del Plan fue la elevada edad media del personal de los distintos grupos profesionales (49,36 años) y la existencia de mecanismos de relevo suficientes para cubrir las necesidades de reposición por jubilaciones (bolsa con 110.000 candidatos, OPE en desarrollo y residentes en formación).
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