La medida entrará en vigor este viernes, 16 de febrero, en toda la sanidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi

El Departamento de Salud de Euskadi dota a médicos y enfermeras de Osakidetza de poder notarial para otorgar el documento de voluntades anticipadas
Iñigo Urkullu, lehendakari.


15 feb. 2024 11:30H
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La plantilla médica y enfermera de Osakidetza podrá actuar como personas encargadas del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas. Pero, dicha competencia se ceñirá a la “exclusiva función de formalización del otorgamiento del documento de voluntades anticipadas”, siempre y cuando el sanitario cuente con la habilitación de la persona titular de la dirección competente en materia de aseguramiento y contratación sanitarias, tal y como recalca la resolución publicada en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV).

No obstante, el médico o enfermera encargada de dicha actuación deberá poseer, según subraya el Departamento de Salud, la condición de personal funcionario o empleado público, y tendrá que estar adscrito a Osakidetza para poder otorgar el documento de las voluntades anticipadas en Euskadi.

Para ello, Salud habilitará los medios electrónicos necesarios para que todo el personal médico y enfermero que, cumpliendo con las características arriba descritas, puedan solicitar su inscripción en la relación de personas habilitadas como personas encargadas del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.

Además, la resolución publicada este jueves en el BOPV recalca que cualquier persona de mayor edad usuaria del sistema sanitario de la Comunidad Autónoma Vasca (CAV) podrá solicitar del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas la inscripción de otorgamiento, modificación, sustitución y revocación del documento de las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad.

Y es que el conocimiento de la existencia de dichos documentos, así como el acceso a los mismos, quedan garantizados al personal de Medicina y Enfermería de Osakidetza en todos sus centros sanitarios. “Todo ello sin perjuicio de la interconexión con otros registros de voluntades anticipadas o instrucciones previas”, añade el decreto.


Función notarial de médicos y enfermeras vascas


Este decreto se traduce en que, además de ante notarios o ante tres testigos, médicos y enfermeras de Osakidetza podrán otorgar el documento de voluntades anticipadas, si así lo ordena el usuario del Sistema Vasco de Salud. Pero, dicho usuario deberá actuar de manera “libre, voluntaria y consciente”, según especifica el Departamento de Salud.

“Con el transcurso del tiempo, vuelve a ser evidente el notable incremento en el número de personas que solicitan ejercer el derecho a formalizar el otorgamiento, hecho que conlleva, a su vez, la necesidad de adecuar nuevamente los recursos administrativos dedicados a dar respuesta a esta demanda”, argumenta Salud para dotar a médicos y enfermeras de la nueva competencia.

“La organización actual del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, (...), no resulta suficientemente ágil para dar respuesta al elevado número de solicitudes de otorgamiento de la ciudadanía. Ello entorpece la necesaria y deseada generalización de que todas las personas que así lo soliciten puedan ejercitar el derecho al otorgamiento de los documentos de voluntades”, incide. La medida entrará en vigor este viernes 16 de febrero, tal y como especifica el Departamento. Se suma, así, a Cataluña, que hace pocas semanas aprobó que sus facultativos y enfermeras tuvieran también este ‘poder’ notarial.
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