Redacción. Madrid
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado en la edición de este lunes la resolución por la cual la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Sanidad dicta las instrucciones de jornada para el personal del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) para 2014.
Armando Resino, director general de RRHH.
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Las instrucciones serán de aplicación para el personal estatutario, funcionario, laboral transferido a la Comunidad de Madrid y el laboral con relación laboral especial de residencia, no incluido en el ámbito del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.
Según recoge el BOCM, la jornada laboral efectiva ordinaria será, con carácter general de 37 horas y media de promedio semanal, quedando fijada en cómputo anual en el número de horas efectivas de trabajo siguientes: turno diurno: 1.657 horas y media; turno nocturno: 1.480 horas y turno rotatorio: 1.544 horas y media (estas horas implican la ponderación del resto de los turnos rotatorios).
En cuanto al personal de los Servicios de Atención Rural (SAR), la jornada laboral efectiva del será de 1.536 horas efectivas de trabajo en cómputo anual. Por su parte, los profesionales que prestan servicios en todos los dispositivos asistenciales del Summa 112, y en concreto en el Centro Coordinador de Urgencias (CCU), Centro de Urgencia Extrahospitalaria (CUE), Unidades de Atención Domiciliaria (UAD), Servicios de Urgencia de Atención Primaria (SUAP), Vehículos de Intervención Rápida (VIR), y Unidades de Vigilancia Intensiva (UVI) móviles, tendrán una jornada de 1.536 horas, efectivas de trabajo en cómputo anual.
Los gerentes de hospitales, el gerente del Summa 112, y el gerente de Atención Primaria a través de los Directores de Centro de Salud de Atención Primaria, dentro de la capacidad organizativa que les corresponde, darán las instrucciones oportunas que permita el cumplimiento de la jornada legalmente establecida.
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