La consejera de Sanidad del Gobierno de la Comunidad de Madrid, Fátima Matute.
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprueba el
estatuto de la Agencia de Contratación Sanitaria. El inicio de la actividad de este órgano deberá tener lugar, como máximo,
antes del día 1 de enero de 2025, es decir, durante los próximos seis meses. Así, en el plazo máximo de seis meses desde el inicio de la actividad, la Agencia realizará un
primer inventario de los bienes que se le adscriban y de los que, en su caso, haya adquirido.
En cuanto al ejercicio de competencias y funciones por los órganos y
unidades del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), las competencias y funciones de esta que se hayan visto afectadas por la creación de la Agencia continuarán ejerciendo las mismas hasta el momento que el Consejo de Administración de la Agencia acuerde el inicio de su actividad, una vez acreditado que cuenta con los medios humanos y materiales necesarios para el adecuado cumplimiento de sus fines y funciones.
Por su parte, sobre el régimen presupuestario y de rendición de cuentas, hasta que la Agencia no disponga de presupuesto propio,
sus gastos se imputarán en la forma y con cargo a los créditos previstos en los
servicios, centros de gasto o programas presupuestarios correspondientes al Sermas. Asimismo, mientras la Agencia no disponga de presupuesto propio, no se alterará la estructura presupuestaria vigente, desarrollando la Agencia su actuación de acuerdo con el
régimen presupuestario, de contabilidad y control y de rendición de cuentas aplicable a los servicios correspondientes del Sermas, según consta en el
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
En cuanto a sus funciones,
queda exceptuado de la Agencia la tramitación, incluyendo la adjudicación, pago, control y seguimiento, para la contratación de suministros, bienes, obras y servicios por procedimiento abierto simplificado, incluido el regulado en el artículo 159.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y contratos menores, cuya competencia corresponderá al Sermas.
Tampoco será su función la autorización de gastos y los pagos derivados de los contratos basados en los acuerdos marco o de los contratos específicos en el marco de los sistemas dinámicos de adquisición que corresponderá a los órganos administrativos del Sermas, organismos, entidades y entes públicos destinatarios de los productos y servicios que ostenten en cada momento la competencia para la aprobación del gasto correspondiente a los mismos. Y, por último, el
seguimiento y el control de los contratos con proveedores en materia de suministro de medicamentos y productos sanitarios, cuya competencia recaerá en el titular de la Dirección General del Sermas con competencia en materia de Farmacia y productos sanitarios.
Régimen jurídico y organización administrativa
El Estatuto de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid tiene por
objeto establecer su régimen jurídico, organización administrativa y funciones. El Consejo de Administración, el órgano superior de gobierno de la Agencia, se reunirá, con carácter ordinario, como mínimo
una vez cada cuatro meses.
Entre otras funciones, le corresponde al Consejo de Administración fijar los
criterios de actuación de la Agencia, de acuerdo con las directrices del Consejo de Gobierno y de la consejería competente en materia de sanidad y/o del Sermas, u organismo para la gestión de la asistencia sanitaria que le sustituya, en el marco de la política sanitaria de la Comunidad de Madrid.
También aprobar el plan anual de contratación de la Agencia como
herramienta de planificación; la iniciativa de la propuesta de estructura orgánica de la Agencia; la
aprobación de las cuentas anuales; y las decisiones sobre la administración del patrimonio y bienes de la Agencia, entre otras funciones.
En esa misma línea, ya se dio a conocer que
José Nieves González sería el consejero delegado de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, en sustitución de Javier Galán Serapio, quien llevaba en el cargo desde octubre de 2023.
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