Alfonso Rueda, presidente de la Xunta de Galicia.
La
Xunta de Galicia ha comunicado este martes, a través del Boletín oficial autonómico, una batería de medidas fiscales y administrativas que atañen directamente a la Ley de Salud, la 8/2008. Según ha dispuesto el gabinete que dirige
Alfonso Rueda, se introducirán “modificaciones puntuales” dirigidas, entre otros propósitos, a eximir del requisito de nacionalidad para el acceso a la condición de personal estatutario no solo a candidatos a
licenciado sanitario, que engloba a los médicos; sino también a
enfermeros, fisioterapeutas, podólogos o cualquier otro diplomado. Asimismo, se establecerá una puntuación "triple" en nuevos distritos para puestos de difícil cobertura.
En concreto, la Xunta ha promovido también un cambio en la Ley 2/2022, de 6 de octubre, a fin de “impulsar la provisión de
puestos de difícil cobertura” de determinado personal estatutario con título de especialista en Ciencias de la Salud. En concreto, se ha aprobado introducir
O Salnés y A Barbanza “entre los distritos sanitarios en que los servicios prestados computarán el triple de la puntuación que se establezca en los futuros procesos selectivos y concursos de traslados”. El fin no es otro que “facilitar la captación de profesionales”.
De forma paralela, se modifica el Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud “con la finalidad de agilizar la toma de posesión del personal estatutario”. Según recoge el Boletín oficial, esta medida “resulta especialmente relevante de cara a la
próxima estabilización de 5.000 personas en 105 categorías, homogeneizando este plazo con lo previsto para el personal empleado público establecido de modo general”.
Ser estatutario en el Sergas sin nacionalidad española
Por otro lado, el
Servicio Gallego de Salud (Sergas) podrá contratar a profesionales sanitarios diplomados, como enfermeros o fisioterapeutas,
sin necesidad de que estos dispongan de la nacionalidad española o la de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.
Según se recuerda en la
Ley de medidas fiscales y administrativas que recoge este martes el Boletín Oficial de Galicia, la normativa autonómica ya permite, “por razones de interés general y necesidades objetivas” que pueda “
eximirse del requisito de la nacionalidad para el acceso a la condición de personal estatutario de las categorías profesionales de
licenciado sanitario”.
“Se extiende ahora esta habilitación normativa, dirigida a incrementar el número de aspirantes al empleo público en esas categorías y a facilitar, por tanto, su acceso, al
personal diplomado sanitario”, indica el gabinete de Rueda. En esta categoría se encuentran enfermeros, fisioterapeutas y terapeutas ocupacionales, así como podólogos, optometristas, logopedas, dietistas y protésicos e higienistas dentales.
Por todo ello, el artículo segundo de la citada norma incidirá en que la selección del personal del Sistema público de salud de Galicia se realizará de conformidad con los requisitos y sistemas establecidos por la normativa básica vigente y la autonómica de desarrollo. “No obstante lo anterior -continúa-, en virtud de la previsión contenida en el artículo 57.5 del texto refundido de la
Ley del Estatuto básico del empleado público, por razones de interés general y necesidades objetivas podrá eximirse del requisito de la nacionalidad para el acceso a la condición de personal estatutario de las categorías profesionales de licenciado sanitario y diplomado sanitario”.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.