Los fármacos recetados serán exclusivamente, para uso propio, del cónyuge o pareja de hecho y sus beneficiados legales

El Sergas facilita la prescripción de recetas a los médicos jubilados
La gerente del Sergas, Estrella López-Pardo.


6 sept. 2022 14:30H
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La Xunta de Galicia y los cuatro Colegios Oficiales de Médicos de la comunidad acaban de acordar los criterios por los que se renovará el convenio que posibilita el acceso a los talonarios de recetas oficiales del Servicio Gallego de Salud, por parte del personal médico jubilado que prestara sus servicios como facultativo en la sanidad pública asistencial gallega.

Con este acuerdo, el Ejecutivo gallego da cumplimiento al anuncio realizado por el presidente de la Xunta, Alfonso Rueda; durante el transcurso de la XIV edición del Encuentro médico del Colegio Oficial de Médicos de la provincia de A Coruña, que tuvo lugar el pasado mes de junio en la ciudad herculina.


Acceso a la prescripción de medicamentos


En los próximos días, el conselleiro de Sanidad, Julio García Comesaña; firmará con los presidentes de los cuatro Colegios Oficiales de Médicos de Galicia, el convenio de colaboración que facilita el acceso a la prescripción de medicamentos, exclusivamente, para uso propio, del cónyuge o pareja de hecho, y de sus beneficiarios legalmente reconocidos.

Los profesionales sanitarios interesados en el uso de estos talonarios de recetas oficiales del Sergas, deberán cubrir su correspondiente solicitud de autorización, que deberá ser tramitada a través del Colegio Oficial de Médicos correspondiente a la localidad de residencia del personal facultativo jubilado. Así, y tras ser facilitados por las gerencias de su respectivo área sanitaria, los propios Colegios de Médicos se encargarán de entregar los talonarios a los facultativos.

Del mismo modo, los Colegios Oficiales Médicos se encargarán de notificar a las gerencias de las áreas sanitarias, cualquier tipo de incidente comunicado por el facultativos sobre los talonarios, así como de trasladar a los facultativos jubilados, toda la información relevante que sea remitida por el Servicio de Calidad y Seguridad de Medicamentos y Productos Sanitarios, o las normativas de aplicación general en relación con el empleo de las recetas médicas oficiales.
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