El consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este miércoles un decreto por el que se crea la Comisión de Garantía y Evaluación para la
prestación de ayuda para morir de la región, así como el
registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda para morir.
Con esta medida se cumplimiento a lo establecido en La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de
regulación de la eutanasia, sobre las Comisiones de Garantía y Evaluación que, como órganos administrativos de carácter multidisciplinar, deberán crearse y constituirse en cada una de las comunidades autónomas, así como en las ciudades de Ceuta y Melilla.
La mencionada Ley
regula el derecho que corresponde a toda persona que cumpla las condiciones exigidas a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, el procedimiento que ha de seguirse y las garantías que han de observarse, incluyéndola en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud y garantizando así su financiación pública, determinando también los deberes del personal sanitario que atienda a esas personas.
La Ley reconoce el derecho a la objeción de conciencia como decisión individual que debe manifestarse anticipadamente y por escrito
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Asimismo, la ley reconoce el derecho a la
objeción de conciencia de los profesionales sanitarios directamente implicados, como decisión individual que debe manifestarse anticipadamente y por escrito, debiendo las administraciones sanitarias crear un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para esta prestación que se someterá al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal, recuerda en nota de prensa la Junta de Extremadura.
De este modo, la Comisión de Garantía y Evaluación de Extremadura actuará en los supuestos en los que
se solicite realizar o se haya realizado la prestación de la ayuda para morir en centros sanitarios públicos, privados o concertados o en domicilios ubicados en el ámbito territorial de Extremadura.
La comisión, en la que se garantizará la representación equilibrada de hombres y mujeres en su composición, estará integrada por 15 miembros que serán nombrados y cesados por la persona titular de la consejería competente en materia de sanidad por un período de cuatro años.
Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia
El decreto aprobado este miércoles crea también el registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia para la prestación de ayuda para morir que desarrollen su actividad en centros sanitarios y sociosanitarios de Extremadura, que estará adscrito a la dirección general competente en materia de calidad sanitaria y sociosanitaria.
El registro tendrá como objeto facilitar la necesaria información a la administración sanitaria de Extremadura para que ésta
pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir.
En el mismo se inscribirán las
declaraciones y revocaciones de objeción de conciencia para la realización de la prestación de ayuda para morir, con sometimiento al principio de estricta confidencialidad y a la normativa de protección de datos de carácter personal.
Tal y como ha indicado consejero de Sanidad y Servicios Sociales,
José María Vergeles, los estudios jurídicos que se habían hecho al respecto en cuanto a los niveles de protección de esos objetores sanitarios recomendaban la
tramitación en forma de decreto de la regulación y "por eso se ha tardado un poco más".
En todo caso no se ha producido
"ninguna incidencia en pérdida de derechos durante todo este tiempo", ya que según ha indicado Vergeles no ha habido constancia de ningún registro por escrito del deseo de ninguna persona en la región de
acogerse a la posibilidad acogerse a ese derecho, aunque sí que ha habido algunas personas "interesadas" en la cuestión.
Así, ha avanzado el consejero que en un plazo de siete días, tal y como establece el decreto aprobado este miércoles, se publicará la resolución de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para el nombramiento de los miembros de la citada Comisión de Garantías.
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