La intención es proteger la seguridad e intimidad de dicho personal

Servicio Extremeño de Salud (SES).
El Servicio Extremeño de Salud (SES).


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La Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura ha regulado y actualizado el contenido de la tarjeta de acreditación de la identidad y el número de identificación del personal del Servicio Extremeño de Salud (SES) con funciones inspectoras y de control en materia de salud pública.

Este lunes se ha publicado la resolución en el Diario Oficial de la comunidad, que señala que, hasta ahora, la acreditación de este personal se llevaba a cabo mediante la tarjeta de acreditación regulada por la Orden de 12 de diciembre de 2005, que disponía que debían aparecer datos como el nombre, apellido y número de Documento Nacional de Identidad del funcionario o funcionaria en cuestión.

Sin embargo, dado que han pasado veinte años de dicha orden, "se considera necesario proceder a una mejora en el sistema y medios de acreditación e identificación de las personas que actúan como agentes de control oficial" del SES con funciones inspectoras y de control, que permita también "garantizar la confidencialidad" de dicho personal y "evitar que su seguridad e intimidad se vean comprometidas por el ejercicio de sus funciones".

Detalles de la Tarjeta de Identificación Personal


La publicación detalla que la Tarjeta de Identificación Personal (TIP) es un documento personal e intransferible "que acredita a su portador como Agente de la autoridad y es obligatoria para el desempeño de sus funciones". En ese sentido, indica que será expedida por los órganos competentes de las Áreas de Salud bajo la coordinación de la Dirección General con competencias en Salud Pública.

Ahora contendrá una mención a la condición de personal sanitario, otra a la condición de agente de la autoridad, el número de identificación personal (NIP), una fotografía, el logotipo del SES y el logotipo de la Junta de Extremadura. Además, en el reverso especificará que se trata de agentes de la autoridad por el artículo 3 de la Ley 7/2011, de Salud Pública de Extremadura. 
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