La directora gerente del Sescam, Regina Leal.
La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha ha avanzado en la regulación de las acreditaciones para el título de
médico especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia. Siguiendo la normativa aprobada por Real Decreto el pasado 3 de agosto, los facultativos podrán acceder a esta especialidad a través de diferentes accesos.
Tal y como ha publicado el Diario Oficial de Castilla-La Mancha,
las competencias para regular estos títulos han pasado a la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), a quien deberán dirigirse los profesionales sanitarios que quieran
acreditar sus especialidades.
De este modo, siguiendo el Real Decreto que regula la acreditación de títulos, el Sescam será el encargado de tramitar las solicitudes de los facultativos. Para ello, la normativa recoge
tres vías directas para acceder a la especialidad. La primera de las líneas establece un acceso directo para los especialistas en Psiquiatría que acrediten una prestación de servicios vinculada con el perfil de la especialidad , durante, al menos,
cuatro años dentro de los siete años anteriores a la entrada en vigor de la normativa.
La segunda opción para adquirir la acreditación de Médico especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia pasa así por realizar una
formación concreta y superar posteriormente una
prueba práctica. En este punto, la normativa se dirige en concreto a los profesionales sanitarios hayan realizado durante su programa formativo el trayecto A en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, al amparo del programa de la especialidad. La prueba a la que deberán someterse consistirá en el análisis de
tres casos clínicos relacionados con el perfil profesional de la Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, utilizando como referencia el programa formativo oficial.
Finalmente, la tercera de las vías acredita como especialista en Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia por la
vía extraordinaria, a los facultativos especialistas en
Pediatría que acrediten una prestación de servicios durante al menos
ocho años dentro de los diez años anteriores a la entrada en vigor del Real Decreto.
Cabe destacar que, tanto la primera como la tercera vía de acreditación de la especialidad, se realizará mediante un certificado expedido por la unidad que determine la persona titular de la Consejería de Sanidad de la comunidad autónoma que corresponda, proceso que en Castilla-La Mancha se ha delegado al Sescam.
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