Ya no será necesario el informe-propuesta de la Comisión Central que se recogía en el Plan de Ordenación de RRHH

Castilla y León simplifica el retraso de la jubilación de sus médicos
El consejero de Sanidad de la Junta de Castilla y León, Alejandro Vázquez.


19 jun. 2024 9:50H
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La Consejería de Sanidad de Castilla y León establece las medidas concretas ante situaciones de necesidad en materia de prolongación de la permanencia en el servicio activo del personal que presta servicios en centros e instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud. La Orden tiene como finalidad garantizar la actividad asistencial y la prestación de los servicios sanitarios con la mayor eficacia y la continuidad asistencial en los centros e instituciones sanitarias, así como promover medidas de simplificación del procedimiento de tramitación y resolución de las solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo.

En este sentido, según consta en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), ya no será necesario el informe-propuesta de la Comisión Central que se recogía en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos. Además, la gestión y tramitación de las solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo corresponderá a la Dirección General competente en materia de personal.

Será el titular de la Gerencia Regional de Salud quien dicte la resolución motivada sobre la prolongación de la permanencia en el servicio activo, previos informes de la Gerencia del centro o institución sanitaria en la que el solicitante preste servicios y de la Dirección General con competencias en materia de personal. Este informe contendrá la justificación detallada de las circunstancias concurrentes que motiven la estimación de la solicitud de prolongación de la permanencia en el servicio activo.

Transcurrido el período inicial de un año, la autorización para la prolongación de la permanencia en el servicio activo será prorrogada anualmente de forma automática, sin necesidad de solicitud del interesado, siempre que subsistan las circunstancias que dieron lugar a su concesión y no concurran supuestos de desestimaciones apreciados por la Gerencia del centro o institución en el que el solicitante preste servicios y el interesado no haya manifestado su voluntad de poner fin a la situación de prolongación.

Necesidades organizativas y asistenciales


Uno de los dos requisitos para que resulte acreditada la capacidad funcional necesaria para ejercer la profesión o desarrollar las actividades correspondientes al nombramiento en la prolongación en el servicio activo es la necesidad de profesionales en la categoría a nivel global en la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León por la imposibilidad de cobertura.

Esta imposibilidad ya puede ser por los procedimientos de selección y provisión de personal fijo o temporal establecidos legalmente, de la plaza vacante derivada directamente de la jubilación del interesado o de cualquier otra plaza que, siendo de la misma categoría y consecuencia de la jubilación, resulte vacante.

El otro supuesto es la conveniencia o interés en la continuidad del personal interesado por la relevancia de las técnicas sanitarias que realiza o de los proyectos de investigación o de interés estratégico para la organización asistencial en fase de ejecución que lidera, la especificad de las funciones que realiza o el perfil profesional especialmente cualificado que presenta.
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