La consellera de Salut i Consum del Govern de Baleares, Patricia Gómez.
El Consell de Govern de Baleares publica el decreto por el cual regula el
régimen disciplinario del personal estatutario del Servei de Salut. Un año después del anteproyecto de este mismo decreto, el Ejecutivo balear ha dado el paso definitivo para
concretar el régimen disciplinario y el procedimiento disciplinario.
Este Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB), y con el beneplácito de la presidenta del Govern de Baleares,
Franscesca Armengol, y la consellera de Salut i Consum,
Patricia Gómez.
Uno de los objetivos de este régimen disciplinario de personal estatutario sanitario es el de
lograr una regulación que respete y dé satisfacción a las exigencias, no siempre concordantes, derivadas de todas las
disciplinas legales que inciden de alguna manera sobre este régimen, según consta en el Decreto.
Algunos de los detalles del régimen es que las faltas disciplinarias se clasifican en
muy graves, graves o leves. El personal estatutario también incurrirá en responsabilidad disciplinaria en los casos siguientes: cuando coopere en la comisión de una falta grave o muy grave con un acto sin el cual no se habría cometido; cuando, sin estar incluido en la anterior, coopere con cualquier acto en la comisión de faltas graves o muy graves; cuando consienta la comisión de faltas graves o muy graves; y cuando encubra las faltas consumadas graves o muy graves.
El personal sanitario que cometa las infracciones legalmente tipificadas
podrá ser sancionado con seis supuestos:
separación del servicio, traslado forzoso con cambio de localidad, suspensión de funciones, traslado forzoso a otra institución o centro sin cambio de localidad,
demérito o advertencia.
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