Redacción. Oviedo
El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado las normas de acreditación para actividades de formación continuada. La solicitud se puede obtener en la página web www.astursalud.es y debe ser enviada, junto con la documentación necesaria, al menos con 60 días naturales de antelación al comienzo de la actividad.
Tomás Mendoza, director general de Recursos Humanos del Sespa.
|
Las acreditaciones para las actividades de formación continuada podrán ser solicitadas por las personas físicas y jurídicas que tengan su sede social en el Principado de Asturias. No serán acreditadas las actividades en las que sus proveedores sean entidades comerciales de productos sanitarios o relacionados.
La solicitud de acreditación deberá estar acompañada con el programa detallado de la actividad, el currículum vítae de docentes y tutores. En la modalidad mixta o a distancia, el material docente de la parte no presencial (incluido en la plataforma online de formación) y en el modelo de control de la asistencia de las personas participantes deberán disponer de un sistema de indicadores de acceso y control que tiene que ser descrito en la solicitud y finalmente deberá presentarse el instrumento de evaluación que va a implementarse en la actividad.
Una vez finalizado el procedimiento, la comisión de acreditación resolverá, si la actividad ha superado la evaluación, o no si la actividad no se ajusta a los criterios establecidos sobre la formación continuada o bien no supera el nivel mínimo en la evaluación cualitativa. La comisión de acreditación tiene las facultades de inspección, comprobación, auditoria y seguimiento de las actividades formativas y el proveedor está obligado a facilitar cuanta información le sea requerida.
ENLACES RELACIONADOS:
Acceda al BOPA
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.