El BOPA establece que el CEIC tiene como fin evaluar todos los estudios de investigación que se efectúen sobre seres humanos o muestras de origen humano en cualquiera de los centros sanitarios, en la comunidad, al objeto de garantizar a la ciudadanía que participe en los procesos de investigación, un marco común de respeto a los principios de seguridad, fiabilidad y confidencialidad, así como la homogeneidad de las evaluaciones y la unificación de criterios en la toma de decisiones.
Entre las funciones del CEIC destacan la de informar sobre los estudios de post-autorización regulados por la Agencia de Medicamentos y Productos Sanitarios, informar sobre los estudios que tienen por objeto la obtención y la utilización de muestras biológicas para investigación biomédica, desarrollar una labor docente y de mejora de la investigación en el ámbito de la comunidad, etc.El comité estará formado por la presidenta, vicepresidenta y secretaria e integrado por 21 profesionales con acreditada competencia en metodología de la investigación, ensayos clínicos con medicamentos y bioética. Los miembros del Comité de Ética de la Investigación deben respetar la naturaleza confidencial de los datos y deliberaciones aún después de su cese como miembros del mismo.