Sede de Mugeju.
Esta semana se ha conocido que el
Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Tacrc) ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación Unión Médica Profesional (Unipromel) contra los pliegos del concierto sanitario, motivo por el cual se habían parado las licitaciones de la
Mutualidad General Judicial (Mugeju) y del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (Isfas). Por ello, desde la mutualidad que dota de asistencia sanitaria a jueces, fiscales y al resto del personal de la Administración de Justicia han informado que se han retomado los trámites que "concluirán con la contratación del
nuevo concierto de asistencia sanitaria con entidades de seguro". Una de las primeras medidas en esta reanudación ha sido anunciar que
se permitirán dos cambios de entidad en 2025.
Tal y como detallan,
debido al retraso producido en el proceso de contratación, se prevé que el nuevo concierto sanitario para los años 2025 y 2026 entre en vigor en febrero, y no en enero, como estaba previsto inicialmente. Esto significa que las entidades de seguro
no están obligadas a presentar los catálogos actualizados de proveedores hasta el 20 de enero. Son cerca de 92.000 funcionarios del ámbito judicial y familiares los que entran en este modelo.
"Dada la importancia para los mutualistas de
conocer los catálogos de proveedores antes de elegir una entidad médica, desde la Gerencia de Mugeju hemos decidido abrir un segundo período de cambio de entidad médica, que tendrá lugar durante el mes de febrero, y que será adicional al período de cambio ordinario del mes de enero. Por tanto,
en 2025 habrá dos plazos para solicitar cambio de entidad", afirman.
Concretamente,
el primero será en el mes de enero y se trata del cambio ordinario de entidad médica. La solicitud se podrá realizar durante el primer mes del año y el cambio será
efectivo a partir del 1 de febrero de 2025. Las opciones a elegir son las
tres aseguradoras que se han presentado a la nueva licitación (Asisa, Adeslas y Nueva Mutua Sanitaria); o el sistema público de salud (INSS).
Además, subrayan que hay un grupo de personas (unas 35.000) que deben hacer el cambio en este momento de manera obligatoria: "Es muy importante que las
personas mutualistas adscritas actualmente a DKV, Sanitas o Mapfre (las que ya no están en el próximo concierto) soliciten el cambio de entidad médica en enero, puesto que dichas entidades no prestarán asistencia sanitaria a los mutualistas a partir de la entrada en vigor del nuevo concierto".
No obstante, recuerdan que, tal y como establece la cláusula 8.1.2 del concierto en vigor actualmente (2022-2024) ,
DKV, Sanitas y Mapfre deberán prestar asistencia sanitaria a mutualistas de Mugeju hasta el 31 de enero de 2025, con las excepciones recogidas en dicha cláusula.
"Además, si a 31 de enero de 2025 estuviese prestando una asistencia
en régimen de hospitalización o una asistencia por maternidad, cuando el parto estuviese previsto para el mes de febrero, la entidad quedará obligada a seguir prestando la asistencia en régimen de hospitalización o la asistencia por maternidad hasta el día en que, respectivamente, se produzca el alta o se concluya la asistencia por maternidad, respectivamente. En el supuesto de que la necesidad de hospitalización se prolongue, la entidad asumirá la cobertura hasta la finalización del mes de junio de 2025, fecha a partir de la cual
la nueva entidad de adscripción asumirá la cobertura. Está obligación se extiende únicamente a los supuestos de hospitalización que conlleven internamiento y a los supuestos de hospitalización domiciliaria", especifican como excepción.
Cambio extraordinario de entidad médica
Debido a la
paralización y al retraso en el proceso de licitación, Mugeju
ha añadido un cambio extraordinario de entidad médica. En este caso, será en
febrero de 2025. La solicitud se podrá hacer durante ese mes y el cambio será efectivo a partir del 1 de marzo de 2025. Las opciones son las mismas que antes: sistema público de salud, Asisa, Adeslas o Nueva Mutua Sanitaria.
Por lo tanto, cada mutualista titular podrá
realizar en total dos solicitudes de cambio de entidad médica: una solicitud en enero y una solicitud en febrero. Dentro de cada período de cambio (enero o febrero), no se permitirá modificar la solicitud una vez realizada.
"Las solicitudes deberán realizarse, preferentemente,
a través de la sede electrónica de Mugeju. Las personas mutualistas en activo, deberán realizar las solicitudes a través de medios electrónicos, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas pensionistas o que puedan justificar problemas de acceso a los medios electrónicos, podrán presentar las solicitudes presencialmente en las oficinas de Mugeju o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Recordamos que en las oficinas es necesario solicitar cita previa. Aquellas personas que acudan sin cita previa serán atendidas después de aquellas que sí tengan cita y como máximo hasta las 14h", especifican.
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