La diabetes o las arritmias se consideran patologías que aumentan el riesgo en carretera.
El estado de salud personal será
determinante para la obtención o renovación del carné de conducir. Y es que la Dirección General de Tráfico (DGT) impedirá coger un volante a aquellos que padezcan determinadas enfermedades a partir de 2025, según ha dado a conocer en sus nuevas medidas para lograr aumentar la seguridad vial. Motivo por el que pedirá un informe médico a los futuros conductores antes de la expedición de la licencia.
El organismo
ha mencionado 35 patologías que dejarán a sus afectados lejos del asiento del conductor. Pese a ser un grupo de diversa tipología, la mayoría suelen potenciarse con el paso de los años. De esta forma, no se dará o renovará el carné de conducir a los pacientes de:
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Accidente isquémico transitorio.
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Alzheimer.
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Aneurisma de grandes vasos.
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Apnea del sueño.
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Arritmias.
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Crisis o pérdida de conciencia.
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Demencia o trastorno de ansiedad.
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Depresión.
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Desfibrilador automático.
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Diabetes mellitus insulinodependiente.
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Disección.
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Dolencias oncológicas.
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Enfermedades cardíacas.
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Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas.
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Enfermedades digestivas.
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Enfermedades endocrinas.
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Enfermedades neurológicas.
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Enfermedades oncológicas.
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Enfermedades respiratorias
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Epilepsia.
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Esclerosis lateral amiotrófica
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Hipotiroidismo y paratiroides.
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Infarto agudo de miocardio.
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Marcapasos.
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Nefropatía con diálisis.
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Parkinson.
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Problemas vasculares.
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Prótesis valvulares.
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Trasplante renal.
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Trastorno de la personalidad.
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Trastorno del desarrollo intelectual.
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Trastorno obsesivo-compulsivo.
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Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH).
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Trastornos del sueño.
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Trastornos oncohemáticos.
La misión de la DGT es reducir los incidentes en la carretera, dado que las condiciones médicas pueden poner en riesgo
las capacidades de conducción de las personas. Asimismo, para garantizar la seguridad, la entidad
complicará las pruebas psicofísicas para los conductores de más de 70 años. En estas, se evaluará su visión, reflejos y capacidad cognitiva, las cuales disminuyen con el avance de la edad y por ende crece la posibilidad de sufrir un accidente.
En sintonía con estas medidas,
la vigencia de los carnés de conducir se reduce a partir de los 65 años. Así, los poseedores de permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) tendrán que renovarlo cada cinco años. Los que pilotan autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…) lo harán cada tres años.
Fármacos peligrosos para la conducción
Además de las patologías, la DGT ha remarcado que
la toma de determinados medicamentos también se traduce en un aumento del número de accidentes. Por ello, ha recordado que los conductores deben leer atentamente el prospecto de los fármacos que ingieren, especialmente de aquellos que llevan un símbolo donde aparece un coche dentro de un triángulo -marca que indica que el compuesto afecta a la capacidad al volante-.
El organismo ha indicado que se debe
realizar un uso responsable de los medicamentos, por lo que desaconseja mezclarlos, tomarlos sin consultar a un experto o utilizarlos con alcohol. Además, ha señalado una serie de fármacos que pueden provocar desde sueño hasta visión borrosa o mareos. Se trata de los siguientes -muchos coinciden con
el listado publicado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos-, cuya unión con el acto de conducir es considerado peligroso:
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Analgésicos.
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Ansiolíticos e hipnóticos.
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Antidepresivos.
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Antisicóticos.
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Antidiabéticos.
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Psicoestimulantes.
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Antitusígenos.
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Antihistamínicos.
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Antiinfecciosos.
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Anticoagulantes y antiagregantes.
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Vasodilatadores.
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Anticolinérgicos.
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Anticonvulsivantes.
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Antiparkinsonianos.
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