Belén Crespo, directora de la Aemps.
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Redacción. Madrid
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha designado flecainida, un medicamento de Meda Pharma, como un producto de estrecho margen terapéutico, lo que implica que el medicamento no puede ser sustituido por otro en la dispensación por contener determinados principios activos.
Así lo indica el órgano en una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con la que pretende asegurar la “protección de la salud de los pacientes”, y en la que con este producto se actualiza el anexo I de la orden SCO/2847/2007, con arreglo al artículo 86.4 de la Ley de Garantías. Esta decisión se ha tomado después de las correspondientes evaluaciones del Departamento de Medicamentos de Uso Humano, incluidas en el informe elaborado al respecto de 9 de mayo de 2013.
Flecainida está indicada para la prevención de la taquicardia paroxística supraventricular, la taquicardia auriculoventricular por reentrada nodal y la fibrilación supraventricular y auricular paroxística, así como para el tratamiento de esta última.
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Vea aquí la resolución publicada en el BOE.
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