Desde los años 80, las comunidades autónomas han desarrollado decretos específicos



24 sept. 2013 19:57H
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Javier Barbado / Imagen: Pablo Eguizábal. Madrid
Ingenieros industriales han coincidido en señalar la incongruencia de que España carezca de un marco legal específico para regular la gestión de residuos sanitarios y, en contrapartida, cada comunidad autónoma haya desarrollado su propia normativa al respecto, según se deduce de una jornada celebrada en el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid.

Esther Moreno Maté, de la Subdirección de Calidad del Sermas; Ingrit Gómez, ingeniera industrial en la Subdirección de Compras, Obras y Servicios Estratégicos de Osakidetza; Beatriz Blanco, moderadora del coloquio y vocal de la Comisión de Ingeniería Médica y Sanitaria; Carmen Sanmartín, delegada de Cataluña y Baleares de Consenur SL; y Sara Gusi, responsable de Gestión Ambiental del Hospital La Paz de Madrid.

Por esa razón, por ejemplo, “los medicamentos son nacionales e internacionales en su regulación pero aquí no lo es la gestión de los residuos que producen, ya que difiere según la comunidad autónoma de que se trate”, tal como ha declarado la ingeniera industrial de la Subdirección de Compras, Obras y Servicios Estratégicos de Osakidetza, Ingrit Gómez.

Por su parte, la subdirectora de Calidad del Servicio Madrileño de Salud (Sermas), Esther Moreno, ha citado el cambio de una gestión “clásica” a otra “avanzada” desde los años 80 en España, y, más en concreto, en la Comunidad de Madrid, y ha subrayado la importancia del volumen de residuos peligrosos generados solo en esta autonomía: 2.500 toneladas métricas al año.

De izq. a dcha.: Pedro Oñorbe de Torre, ingeniero industrial de Ciete; Carlos Jiménez, director de DrägerService; Fernando David India, subdirector de Gestión de Ingeniería, Hostelería y Mantenimieto; Andrés Gómez, subdirector de Gestión del Área Inegrada de Ciudad Real; y Mariano Rodríguez, director de Mantenimiento.

Respecto a la normativa específica de la región, Moreno ha citado que la vigente parte de los decretos publicados en 1994 y en 1999, y también ha explicado el proyecto en el que se trabaja para configurar un listado de indicadores comunes que permita clasificar y tratar con más eficacia esta clase de materiales, y que todavía no se ha implantado.

Ingrit Gómez explica la gestión de residuos en Osakidetza.

Esther Moreno menciona los decretos del Sermas.


En cuanto al País Vasco, Gómez, quien ha definido residuo sanitario como “cualquier material sólido derivado de la actividad médica”, su clasificación sigue algunos criterios generales coincidentes con los del Servicio Madrileño de Salud, y, así, se los divide en tres grupos (urbanos asimilables, sanitarios específicos y químicos de naturaleza específica): “Lo que más varía entre los de un grupo y otro es la en la frecuencia de recogida que en el grupo II, por ejemplo, no debe rebasar las 72 horas”.

Gómez también ha hecho referencia al decreto autonómico que regula el manejo de estas sustancias, en concreto el 26/2002, y ha concluido su exposición enumerando la serie de procesos que se lleva a cabo con ellos: reducción, reutilización, reprocesamiento y reciclaje.

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