15 jul. 2014 13:13H
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Ricardo Martínez Platel. Madrid
EL Tribunal Supremo ha estimado un recurso presentado por una paciente al considerar que se produjo una infracción de la lex artis debido a la inadecuada interpretación de las ecografías y el TAC.
A la mujer le fue diagnosticada una infección urinaria, realizándole después una ecografía abdominal que reveló discreto peritonismo y un posible quiste en el ovario. El TAC reveló un tumor en el ovario, por lo que se decidió realizar una laparotomía urgente, encontrándose una peritonitis. Como estuvo varios días expulsando desechos fecales por la perforación se había provocado una infección en el abdomen que había invadido los pulmones. Se practicó una traqueotomía y se detectó al despertar una hemiplejia y parálisis facial derechos. Posteriormente sufrió dos infartos cerebrales que le redujeron la movilidad del lado derecho.
En este caso, los medios técnicos sirvieron para enturbiar y oscurecer el hallazgo de la apendicitis al no reflejar su clara existencia. La Sala explica que no se actuó correctamente frente a la falta no tanto de medios, sino de coordinación, de organización o de dotación que pueden ser imputados conjuntamente al profesional y al hospital. Una actuación más coordinada hubiera permitido proporcionar a la paciente todos los medios de los que se disponía, con la urgencia y diligencia necesarias, y que evidencian la existencia de causalidad entre la omisión que se reprocha al centro y el resultado dañoso.
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