La limitación del acceso fomentaba conductas como el turismo vacunal



30 jul. 2015 11:53H
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Redacción. Madrid
La Oficina Jurídica Sociosanitaria (OJS) muestra su satisfacción con el consenso alcanzado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para la incorporación de la vacuna de la varicela en el calendario común a edades tempranas.

Enzo Lazzerini, socio-director de la OJS.

La decisión adoptada en relación a la inclusión de la vacuna de la varicela en el calendario común a la edad de 12-15 meses y 3-4 años, confirma las fundamentaciones expuestas ante la Aemps en la solicitud administrativa planteada por parte de la OJS el pasado mes de marzo en representación de un colectivo ciudadano de más de 100.000 personas, entre las cuales se planteaba la necesidad de tutelar de manera efectiva el derecho constitucional a la salud, permitiendo a los padres el acceso en condiciones de equidad para aplicar las correspondientes dosis de la vacuna de la varicela.

En este sentido, a través de esta medida las Administraciones Sanitarias dan efectivo cumplimiento al artículo 43 de la Constitución, que establece de manera categórica el reconocimiento del derecho ciudadano a la protección de la salud y dirige un mandato a los poderes públicos para organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas.

Asimismo, en relación a esta vacuna y tal como se demandaba en la mencionada solicitud, con la aprobación de esta medida, se cumple con la Ley General de Sanidad donde se establece el derecho de los pacientes a obtener los medicamentos y productos sanitarios que se consideren necesarios para promover, conservar o restablecer su salud, y la Ley General de Salud Pública, donde se establece de manera específica que las administraciones públicas impulsarán acciones de prevención, como la vacunación, dirigidas a todas las etapas de la vida de las personas, con especial énfasis en la infancia.

Y es que al poder comprobarse que en Navarra se estaba continuado administrando la vacuna de la varicela a edades tempranas, logrando un alto éxito, "se estaba por otra parte generando una situación de inequidad al permitir que solo determinada población infantil tuviera derecho a ser vacunada antes de los 15 meses contra la varicela, mientras que el resto debía esperar hasta los 12 años para poder recibir la aplicación de la mencionada vacuna".

Por otro lado, se hacía especial hincapié en la solicitud administrativa presentada ante la Aemps, mediante la limitación del acceso a esta vacuna, se fomentaba en la ciudadanía, conductas no deseadas y peligrosas como el denominado turismo vacunal, el cual quedaba patente en los constantes desplazamientos que los padres desesperados realizaban a países vecinos como Francia y Portugal, donde sí es posible adquirir estas vacunas, con el consiguiente riesgo que esto entraña al poder romperse la cadena del frío que estas vacunas requieren.

Desde la OJS se quiere felicitar y hacer una especial mención a las distintas agrupaciones ciudadanas que con mucha constancia "han librado una batalla encomiable y constante a través de las distintas herramientas tecnológicas (más de 108.000 firmas recogidas en el portal change.org), como también mediante la utilización de los mecanismos legales que el sistema jurídico pone a disposición de la ciudadanía para la defensa de sus derechos e intereses". Según la OJS, "estas agrupaciones deben jugar un papel importante en las decisiones de las autoridades públicas".

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