Guillermo Llago, abogado y secretario técnico jurídico del Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (CESM-C.V).
Conocer los
derechos como trabajadores es una cuestión esencial para todos los profesionales. Defenderse dentro de los
‘tejemanejes’ administrativos puede dar, como resultado, la consecución de retribuciones mayores, en caso de solicitar prestaciones, como por ejemplo, la de
maternidad, especialmente en el caso de los
sanitarios, que suman
jornadas de guardia que, en ocasiones, no son contabilizadas. Por ese motivo,
Guillermo Llago, abogado y secretario técnico jurídico del Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana (
CESM-C.V), ofrece a
Redacción Médica una serie de consejos para sortear los posibles obstáculos y garantizar un
trato equitativo por parte de la administración.
Asegurar las
guardias médicas en el cálculo del
subsidio por maternidad es una de las cuestiones de interés entre las profesionales sanitairas a nivel administrativo. Para esto, según Llago, es necesario que los
convenios colectivos o las
negociaciones en mesas sectoriales establezcan normas que obliguen al empleador a complementar la prestación del
Instituto Nacional de Salud (INSS) hasta alcanzar el promedio de las guardias médicas realizadas con anterioridad. Se trata de una
complementación que ya existe en algunas Comunidades Autónomas “para que la maternidad/ paternidad y el embarazo no supongan una merma retributiva”.
“El médico, cuando está percibiendo la
prestación por cuidado del menor, lo está haciendo del INSS, a quien le corresponde el pago del 100 por ciento de su base regulada, que en 2024,
supone una cantidad de 4720,50 euros” detalla el abogado. Según explica, el INSS no puede abonar mayor cantidad que la base reguladora máxima.
“A través de los
convenios colectivos o de las negociaciones en mesas sectoriales hay que establecer
normas, para que una vez se produzca la incorporación del personal, les abone su empleador el promedio
de las guardias médicas realizadas con anterioridad” añade. Ya existe esa complementación en algunas Comunidades Autónomas.
Además, el abogado aconseja que, para respaldar la
inclusión de las guardias médicas en el subsidio por maternidad, es necesario guardar las nóminas de los
6/12 meses previos a la solicitud de la prestación y, si es necesario, “plantear una demanda frente al empleador”.
Contabilizar las guardias médicas de cara a la jubilación
La
jubilación presenta un dilema similar relacionado con las guardias médicas. En este supuesto, Llago señala que, con la legislación actual,
no existen mecanismos que permitan incluir las guardias
en las bases de cotización, ya que la mayoría de los médicos ya están en bases máximas.
Una posibilidad sería
considerar las guardias como un trabajo penoso e incluir a los médicos en el Decreto de jubilación anticipada por realizar actividades peligrosas, penosas. “En ese caso podrían
adelantar la edad de jubilación o podría ser tenido en cuenta como mayor tiempo trabajado”, detalla el abogado.
Sin embargo, con la
legislación actual en relación con la jubilación “no hay nada que hacer”, según Llago, salvo que se plantee “una
reforma”.
¿Existen "trampas" administrativas para sanitarios?
Llago considera que
la administración no tiene trampas. A pesar de ello, señala que su “no regulación” como norma específica sí puede ser una pequeña artimaña respecto al tema de la
prestación por cuidado de un menor. “En la jubilación el panorama es diferente por el
tope que existe de bases de cotización”, detalla.
Por supuesto, existen casos en los que los profesionales pueden considerar que es necesario
presentar una reclamación. En el caso de las demandas relacionadas con la inclusión de las
guardias médicas en el subsidio por maternidad, existe un plazo de
cuatro años para el personal estatutario y de
un año para el personal laboral. “A mi entender y con la legislación actual yo considero que
nada se puede reclamar en materia de jubilación”, añade Llago.
Por último, si un profesional sanitario considera que ha sido objeto de
trato desigual por parte de la administración, puede presentar una demanda ante las jurisdicciones competentes, laboral o contencioso-administrativa. De cara a proteger sus derechos y garantizar procesos justos en trámites administrativos, Llago aconseja
establecer contacto con abogados expertos en personal estatutario o laboral en el ámbito de la sanidad.
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