Redacción. Madrid
El Gobierno ha decidido no aplicar la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla sobre la paga extraordinaria retirada a los funcionarios en 2012 a ningún trabajador más que al que acudió a los tribunales salvo que algún compañero suyo lo solicite expresamente, y sólo autorizará la devolución del dinero a los funcionarios de Justicia de la provincia sevillana. No es la primera sentencia que obliga al reintegro, lo que ha llevado al Ministerio de Hacienda a presentar un recurso ante el Tribunal Supremo para que unifique doctrina.
Cristóbal Montoro, ministro de Hacienda.
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Así, el Ejecutivo no es partidario de que se lleve a término con todos los funcionarios defiende que en el fallo judicial "no se cuestiona la constitucionalidad" de la decisión, sino que "se plantea cómo se han interpretado y aplicado las normas de cobertura por parte de la Administración".
Según el fallo, la decisión de suprimir la paga extra obligó al Gobierno a modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula las retribuciones de los funcionarios de Justicia. Sin embargo, el juez estima que en el momento en que ese cambio se hizo efectivo los funcionarios afectados ya habían generado derecho al cobro.
La de Sevilla no es la primera sentencia encaminada en este sentido, puesto que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional también ha criticado la medida y ha señalado que la crisis económica no justifica "medidas restrictivas de derechos" sobre todo si se adoptan con carácter retroactivo. Por ello, ha planteado una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
En este sentido el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Madrid también ha ordenado la restitución a un funcionario del Ministerio del Interior de parte de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, aunque en este caso juez no considera necesario plantear cuestión de inconstitucionalidad. En este caso, el sindicato CSIF, entiende que los criterios de la sentencia serían aplicables al conjunto de funcionarios de Interior, es decir, policías, guardias civiles, funcionarios de prisiones y administrativos y, también, al resto de los funcionarios de la Administración General del Estado.
Por su parte, el Ministerio de Hacienda puntualiza que la sentencia tiene “un efecto limitado porque sólo afecta a un funcionario” y defiende “la constitucionalidad y legalidad” de la medida. Por ello, el Ministerio tiene intención de “agotar las vías judiciales procedentes” y ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo para que unifique doctrina.
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