Ricardo De Lorenzo
El futuro de la nueva regulación de la
formación sanitaria especializada en España se antoja accidentado. Y es que la norma que ultima el
Ministerio de Sanidad podría seguir la senda del real decreto de Troncalidad y no encontrar aval legislativo por tener una
memoria presupuestaria insuficiente.
El borrador presentado la semana pasada ante el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud refleja la falta de impacto económico que tendrá el
nuevo real decreto de FSE en los
Presupuestos Generales del Estado y en las cuentas de las comunidades autónomas al entender que "no supone per se nuevos compromisos de gasto o reducción del mismo al no definir o modificar ninguna especialidad o área de capacitación específica".
Un argumentario que el departamento de Carolina Darias ya utilizó para defender la Memoria de Análisis Normativo del Real Decreto 639/2014, de 25 de julio de troncalidad y que desembocó finalmente en el rechazo de la normativa por parte del Tribunal Supremo al encontrarla "palmariamente insuficiente" en términos de impacto económico.
Desde un punto de vista jurídico, la anulación de esta norma "podría
constituir un precedente", según apunta Ricardo De Lorenzo, presidente de la firma De Lorenzo abogados. Hace alusión, en concreto, a la afirmación que establece el proyecto del Real decreto en la que se explica que "no tiene impacto en los Presupuestos Generales del Estado porque todo
su contenido estaba previamente regulado y atribuido a las competencias de los Departamentos Ministeriales de Sanidad y Universidades".
Según explica el experto en Derecho sanitario, la sentencia del Alto Tribunal "referencia la jurisprudencia que señala que las n
ormas reglamentarias pueden ser nulas, no solo en los casos en que omiten el análisis económico y presupuestario, sino también en aquellos otros en los que el que acompaña a la decisión de que se trate resulta ser de todo punto insuficiente de manera que no permita a la Memoria cumplir la importante finalidad que, a tenor de la normativa vigente, le es propia".
De esta forma, una memoria insuficiente, afirma, podría "
determinar la nulidad de la disposición reglamentaria". Extrapolado al
RD de Especialidades, este hecho podría ser, por tanto, una nueva traba legal para su tramitación y aprobación por parte de la justicia.
"La Administración no debe escudare en la autonomía de las CCAA"
Como diferencia entre una y otra ley, en el caso de la troncalidad, el Tribunal Supremo no tuvo en cuenta en su posicionamiento inicial la ausencia de impacto en los gastos de las Comunidades Autónomas, "basado en que la futura ley es la de establecer un procedimiento para la creación o revisión de especialidades y Áreas de Capacitación Específica.
Ya entonces, en 2016, la institución consideró que la Administración del Estado no podía escudarse en la autonomía presupuestaria de las comunidades y que debía ser "especialmente rigurosa en el análisis económico de la implantación de un sistema que se aprueba por Real Decreto, pero que se impone- necesariamente- a aquellos otros entes territoriales".
A pesar de la falta de dotación, el equipo de Darias insiste en la necesidad de modificar la norma actual de cara a mejorar la formación transversal de todos los especialistas, permitiendo incluir nuevas especialidades de ciencias de la salud o modificar las ya existentes.
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