El nuevo texto obliga a tener seguro o “garantía equivalente”



21 oct. 2014 15:42H
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Redacción. Madrid
El Gobierno ha aprobado el Proyecto de ley de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales para adaptar el marco legal de los colegios profesionales en el ejercicio de la profesión a la directiva europea ya las necesidades actuales. La normativa, que sustituirá a la de 2006, “tiene como destinatarios directos a los 130 colegios profesionales de ámbito catalán y 18 consejos de colegios profesionales catalanes”, según ha destacado el consejero de la Presidencia y portavoz del Govern, Francesc Homs.

Francesc Homs.

El texto prevé colegios de adscripción voluntaria y refuerza, entre otros aspectos, la delegación de funciones públicas de la Administración a las corporaciones profesionales, defiende su principio de autonomía y consolida la relación no jerárquica entre los consejos generales, los consejos de colegios profesionales y los colegios profesionales.

El proyecto de ley, que ha sido consensuado con las corporaciones, los colegios profesionales y los consejos de colegios catalanes, “se centra en la defensa y el ejercicio de las competencias de la Generalitat en este ámbito, ante el aumento de la tendencia de los órganos e instituciones del Estado de establecer un marco legal de homogeneización de la normativa de colegios profesionales “, ha explicado Homs.

La nueva normativa en materia de colegios profesionales que impulsa Cataluña se fija, entre otros objetivos, potenciar el sistema colegial catalán y reforzar unas estructuras que nacen de la sociedad civil y que, en algunos casos, han dado servicio a profesionales y ciudadanos durante más de cien años.

Para potenciar este sistema, que en Cataluña se ha convertido en una estructura básica de la sociedad y para la sociedad, el proyecto de ley establece una definición de profesión colegiada que tiene en cuenta el carácter de corporación de derecho público de los colegios profesionales , es decir, el carácter predominantemente público de sus intereses y funciones y de sus requisitos de creación, y refuerza la delegación de funciones públicas de la Administración pública en los colegios profesionales, como organismos colaboradores.

Asimismo, la nueva normativa amplía el espectro de los colegios profesionales ya que incorpora, además de los graduados universitarios, los de titulaciones superiores. El nuevo texto también defiende el principio de autonomía de los colegios profesionales, así como la relación no jerárquica entre los consejos generales, los consejos de colegios profesionales y los colegios profesionales.
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