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4 nov. 2020 11:42H
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MADRID, 4 (EUROPA PRESS)

La 71ª Asamblea Médica Mundial (AMM) ha aprobado una declaración realizada por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) y la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) para combatir el tráfico de órganos, una "lacra que viola los derechos fundamentales de miles de personas en todo el mundo y constituye un riesgo para la salud individual y para la salud pública".

"Con esta declaración pretendemos incluir en los códigos de comportamiento que el médico sea un agente activo en la promoción de los trasplantes. Se trata de una medida complementaria al trabajo que España ha desarrollado en contra del tráfico de personas, con el convenio entre la Universidad de Granada, el programa 'DNA-PRO-ORGAN', la ONT y el CGCOM, para promover la identificación de personas y órganos con la idea de evitar actividades ilegales", ha explicado el presidente del CGCOM, Serafín Romero.

Asimismo, la directora general de la ONT, Beatriz Domínguez-Gil, ha asegurado que a través de esta declaración se contribuir a la erradicación de este delito, "guiando, formando y empoderando" a los médicos para que acometan las acciones necesarias para prevenirlo y combatirlo.

En concreto, el texto aprobado se centra en escenarios en los que puede encontrarse el médico a lo largo de su vida profesional. Uno de ellos corresponde al proceso de evaluación de donantes vivos, que no sólo ha de realizar desde la perspectiva médica, sino también psicosocial, evaluando los motivos de la donación y la relación con el potencial receptor, y asegurando que la donación se realiza de forma altruista y libre de coacción económica o de otro tipo.

Y es que, según se expone, el médico también tiene el deber de informar a aquellos pacientes que se plantean obtener un órgano ilícito de las consecuencias de participar en esta actividad delictiva, para sí mismos y para su entorno. Además, destaca la necesidad de que se les disuada de obtener un órgano en este contexto.

La declaración también insiste en el deber del médico de cuidar y atender al paciente trasplantado, incluso cuando ha obtenido un órgano por medios ilícitos, si bien hace énfasis en varios deberes adicionales que emergen en esta situación como, por ejemplo, el de reportar información sobre estos casos a las autoridades sanitarias, con la inclusión de datos en los registros nacionales de trasplantes, de modo que se puedan identificar "puntos calientes" de tráfico de órganos en el mundo, caracterizar los casos y evaluar el impacto del tráfico de órganos en la evolución después del trasplante.

Del mismo modo, la declaración recoge el deber de notificar a las autoridades competentes casos sospechosos o confirmados de tráfico de órganos para que se investiguen y persigan este tipo de prácticas. Para ello, dichas autoridades con las asociaciones médicas nacionales deben crear sistemas para la notificación de estos casos y han de considerar la modificación de los códigos de deontología médica, para que el tráfico de órganos sea una excepción al deber del médico de mantener el secreto profesional.

Por otro lado, el texto subraya la importancia de que los médicos consideren sistemáticamente la opción de la donación de órganos cuando una persona fallece en condiciones de ser donante, y posibilitarla si la donación es coherente con los valores y principios de la persona fallecida.

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