Redacción / Eduardo Ortega. Madrid
Las profesiones sanitarias conservarán la colegiación obligatoria, según confirma el borrador de la Ley de Servicios Profesionales filtrado por el Gabinete López-Santiago. En el documento se especifica la protección de la salud como “razón de interés general” susceptible de obligatoriedad en la colegiación, punto clave que calma los ánimos de médicos, enfermeros y farmacéuticos ante la supuestamente disipada amenaza de liberalizar sus respectivos órganos colegiales.
Los presidentes de los Consejos Generales de enfermeros, farmacéuticos y médicos: Máximo González Jurado, Carmen Peña y Juan José Rodríguez Sendín. |
Sin embargo, desde el departamento que dirige Luis de Guindos no todo han sido cesiones al sector de la sanidad. Si bien se refuta la obligatoriedad, se reconoce la labor de los Consejos Generales como encargados de la autorregulación de sus profesiones y se mantiene a los colegios como corporaciones de derecho público, se incorporan nuevas exigencias que obligarán a los directivos colegiales a acometer profundas reformas en las corporaciones que dirigen, de acuerdo con las directivas europeas que han obligado a Economía a reformar la ley actual.
El borrador establece que los cargos de presidente, miembro de la Junta de Gobierno o cualquier otro cargo directivo en una corporación colegial serán incompatibles con: el desempeño de cargos directivos en los partidos políticos, sindicatos, u organizaciones empresariales; el desempeño de cargos directivos en entidades de seguro y en entidades o mutualidades de previsión social, así como el desempeño de cualquier cargo público.
Auditorías de cuentas anuales
Economía también endurece las condiciones de transparencia económica exigidas a las organizaciones colegiales de pertenencia obligatoria, que deberán prever “un sistema de control interno que garantice la adecuada intervención y contabilización de todos los actos y documentos de los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico, conforme a sus estatutos. Además, prosigue, “las cuentas anuales deberán ser revisadas por auditor de cuentas que emitirá un informe detallado sobre el resultado de su actuación de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas”.
Otros de los puntos destacados de la nueva ley son el requisito de que la cuota de colegiación no supere en ningún caso los costes asociados a la tramitación, la obligación de los colegios de facilitar que todos sus trámites se puedan realizar a través de internet y la eliminación de la posibilidad de establecer honorarios profesionales, ni siquiera de forma orientativa.
El modelo español de farmacia, a salvo
Rafael Borrás, experto en Farmacia y Bioindustrias y exconsultor de Antares, confirma a Redacción Médica la novedad del texto, en el que finalmente se ha borrado uno de sus puntos más polémicos, la ruptura del binomio titularidad/propiedad, cuestión clave puesto que de mantenerse daría pie a la desaparición del modelo español de farmacia.
“Finalmente, se ha buscado consenso y se ha valorado el impacto que la ruptura del binomio podía tener en la salud pública”, indica Borrás. Entiende que “ha habido una reflexión profunda. Al fin y al cabo, poner fin al modelo no suponía una garantía de más empleo en sector, pero sí un mayor grado de riesgo, dada la posibilidad de que entraran grandes cadenas de integración vertical o inversiones de capital riesgo”.
Considera que “es un paso adelante en la línea que se está siguiendo en toda Europa y es coherente con la situación de la farmacia en España”. Además, destaca otros añadidos y cambios en el texto, que considera “positivos”, como que tenga que haber una mayor agilización de la información a los farmacéuticos y que no se puedan “hacer honorarios recomendados en ningún ámbito”. Con todo, es cauto y advierte que aún hay que esperar “al texto definitivo”.