David García. Madrid
El Gobierno ha detallado algo más el anuncio que hace un mes hiciera el ministro de Sanidad, Alfonso Alonso, sobre los cambios que se estaban estudiando aplicar a la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) y el Certificado Provisional Sustitutorio (CPS).
Alfonso Alonso.
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En concreto, el Ejecutivo ha señalado que va a proceder a modificar los aplicativos informáticos para emitir la TSE, para aquellos trabajadores con contrato de duración determinada. Así, la duración de la validez de la tarjeta (y por tanto el acceso gratuito a la sanidad pública en Europa) estará ligada a la duración del contrato de trabajo.
La TSE tendrá “un período de validez ajustado, en cada caso, a la presumible duración del derecho a asistencia sanitaria conforme a la legislación española”, señala el Gobierno en una respuesta por escrito a la pregunta formulada por los diputados socialistas Antonio Hurtado y Gracia Fernández.
En el texto se señala que la duración de la tarjeta era hasta ahora de dos años y los diputados socialistas se habían interesado en saber por qué, según ellos, se les denegaba este documento a los españoles que se van al extranjero a trabajar con contratos inferiores a dos años.
El Ejecutivo, en la respuesta escrita, explica que “la exportación del derecho a asistencia sanitaria está necesariamente condicionada a la existencia y al mantenimiento, durante la estancia temporal en otro Estado miembro, del derecho a asistencia sanitaria en virtud de la legislación española” y detalla al respecto que por tanto “el derecho a la asistencia sanitaria, únicamente podrá exportarse mientras el interesado siga asegurado a efectos de asistencia sanitaria en España”.
Toque de atención desde Bruselas
El propio ministro de Sanidad, Alfonso Alonso, ya avanzó en el Senado a finales de mayo que este tipo de documentos tendrían que ser objeto de reforma después de que Europa haya mostrado su "preocupación" porque se emiten "demasiados" CPS.
Respecto a esos CPS, el Gobierno, en su respuesta por escrito, explica que “cuando la situación que origina el derecho a asistencia sanitaria en España es de carácter temporal (por ejemplo, cuando el asegurado tiene un contrato temporal), la exportación de dicho derecho también lo será necesariamente” y en estos casos, no se expide una TSE sino, en su lugar, un Certificado Provisional Sustitutorio con validez de 90 días renovable mientras la persona asegurada mantiene esa condición, siendo el formato la única variación, es decir, su eficacia y alcance protector es el mismo que la TSE.
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Sanidad mejorará el procedimiento de certificados provisionales de la tarjeta sanitaria europea (26/05/2015)
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