Cristina Mouriño. Madrid
La divergencia reina una vez más entre comunidades autónomas en lo que respecta al complemento específico de los médicos. Al igual que sucede con otros conceptos retributivos la forma de abonar el complemento específico difiere en función de la autonomía en la que el médico desempeñe su actividad.
Lorenzo Arracó.
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“Lo ideal sería contar con un criterio unificado en todo el Sistema Nacional de Salud (SNS), pero nos topamos con la enorme barrera política autonómica”, ha explicado a Redacción Médica Lorenzo Arracó, tesorero de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM). “En tiempos del antiguo Insalud, este complemento lo cobraban todos los médicos por igual”. “Sin embargo”, ha continuado, “con el Estatuto Básico del Empleado Público se estableció que si el abono de este complemento alcanzaba un tercio del sueldo, solo comportaba a los que tenían la condición de exclusividad”.
En la actualidad el sistema para la retribución de este complemento es “muy complejo”, ha asegurado Arracó. “Supone un nuevo agravio para los profesionales ya que retribuir la exclusividad solo se entiende si esta supone una mayor dedicación horaria”, ha añadido. Según el tesorero de CESM, “el Sindicato Médico ha apostado siempre por un modelo centralizado y una normativa sanitaria centralizada que garantice que todas las comunidades mantienen el mismo modelo retributivo y el mismo régimen jurídico para sus profesionales”. “Cada día es más complejo y más divergente”, ha apuntado. “Hemos defendido muchas veces”, ha señalado, “que la asistencia sanitaria no fuera una materia transferida a las comunidades autónomas”.
Según el Informe sobre retribuciones elaborado por el Sindicato Médico de Navarra, este complemento se integra dentro de la productividad fija en las 17 comunidades autónomas. Sin embargo, en Andalucía, Cataluña, Extremadura y Galicia solo lo perciben aquellos profesionales que tienen dedicación exclusiva, es decir, los que realizan su actividad únicamente en la sanidad pública.
En el caso de Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Murcia y Navarra, tienen derecho al complemento específico también los profesionales que no reúnen la condición de exclusividad, pero éstos perciben una cantidad menor con respecto a los que si ejercen en exclusividad.
Las ocho restantes, Aragón, Baleares, Canarias, Castilla y León, País Vasco, La Rioja, Madrid y Comunidad Valenciana retribuyen este concepto de la misma manera al médico que ejerce en la pública de forma exclusiva como al que compagina esta actividad con la privada.
Si nos centramos en aquellas en las que se retribuye la exclusividad y la no exclusividad de diferente forma (Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Murcia y Navarra), la Región de Murcia es la que retribuye más alto el complemento específico por exclusividad en Atención Especializada con el que los profesionales perciben entre 1.216 y 1.401 euros mensuales, según el citado informe.
En Atención Primaria, Navarra se alza con el abono más alto para aquellos profesionales que ejercen con exclusividad a los que paga entre 926 y 1.321 euros mensuales.
En el lado opuesto, Castilla-La Mancha y Cantabria se sitúan entre las que menos retribuyen por este concepto en Atención Especializada y Primaria. En la primera, el profesional que ejerce en exclusividad recibe entre 795 y 969 euros al mes, mientras que en la segunda se abonan entre 785 y 954 euros al mes. En cuanto a la Atención Primaria, Castilla-La Mancha retribuye entre 795 y 882 euros mensuales; y Cantabria entre 785 y 871 euros al mes.
El complemento específico de Castilla-La Mancha sin la exclusividad, entre los más bajos
Si nos referimos ahora al complemento específico para aquellos que no ostentan la exclusividad, en el caso de la Atención Especializada, Castilla-La Mancha es la que más bajo retribuye este concepto con 335 euros mensuales, frente a los 426 euros al mes que abona Asturias, la que más alto lo retribuye.
En el caso de Primaria, Castilla-La Mancha es de nuevo la autonomía que más bajo importe destina a este concepto situándose en los 335 euros al mes, frente a los 384 euros mensuales que retribuye Asturias. Navarra por su parte establece el mismo importe para los no exclusivos de Especializada y Primaria y va desde los 284 a los 502 euros mensuales.
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