El ministro de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, José Luis Escrivá.
28 feb. 2020 11:30H
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La Seguridad Social ha emitido un criterio para que a los trabajadores que estén en aislamiento preventivo hasta ver si tienen el coronavirus se les considere en ese tiempo de baja por enfermedad común, según informa EFE. Cabe recordar que, en España hay 26 casos confirmados de pacientes con coronavirus: Andalucía (1), Aragón (1), Baleares (1 caso dado de alta), Canarias (5 y uno dado de alta), Castilla y León (2), Cataluña (3), Comunidad Valenciana (8) y Comunidad de Madrid (4).
La baja por enfermedad común se cobra a partir del cuarto día, a no ser que el convenio al que se acoja el trabajador mejore esta cobertura. Entre el cuarto y el decimoquinto de baja, ambos incluidos, el abono de la prestación por incapacidad temporal corresponde al empresario para pasar después a pagarse desde la Seguridad Social.
En el criterio emitido por la Seguridad Social esta semana se explica que el periodo en el que un trabajador, tras su contacto con un caso de este virus, se vea sometido a un aislamiento preventivo forzoso será considerado "como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común".
Durante ese tiempo, exponen, "los trabajadores no están afectados, en sentido estricto, por un accidente o por una enfermedad", pero "deben estar vigilados y recibir la correspondiente asistencia sanitaria" para diagnosticar su estado, por lo que "están impedidos para el trabajo por obvias razones".
Mismo criterio que con la gripe A
Desde la Seguridad Social añaden que se trata del mismo criterio que se aplicó en la gripe A y que se fija para "garantizar la protección de los trabajadores durante tales periodos de aislamiento" y para "disipar las dudas" que se han planteado.
De hecho, según señala a EFE el profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia, Daniel Toscani, un periodo de observación por enfermedad común, como es el caso del coronavirus, no se considera de entrada motivo de baja. Así, en principio, los trabajadores afectados por una cuarentena, no habrían tenido esta consideración sin el criterio publicado por la Seguridad Social.
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