Agustín Rivero, director general de Cartera Básica de Servicios y Farmacia del Ministerio. |
Las enfermedades endocrino-metabólicas que formarán parte de los cribados son siete: hipotiroidismo congénito; fenilcetonuria; fibrosis quística; MCADD; LCHADD; academia glutárica tipo I; y anemia falciforme. En cáncer se reconoce tres cribados (mama, colorrectal y cérvix) y se explicita que se hará una valoración del “riesgo individual” en personas con cáncer familiar o hereditario, para que puedan seguir “protocolos de actuación específicos”.
Los tratamientos de reproducción humana asistida (RHA) se realizarán con “fines terapéuticos o preventivos y en determinadas situaciones especiales”. Serán accesibles a personas que no consiguen la gestación de forma natural, no susceptibles a tratamientos “exclusivamente farmacológicos o tras el fracaso de los mismos”. Se contempla también como fin para evitar enfermedades o trastornos graves en la descendencia y cuando se precise un embrión con “características inmunológicas idénticas a las de un hermano afecto de un proceso patológico grave”. Como criterios de inclusión en la RHA se estipula una edad comprendida entre los 18 y los 40 años para las mujeres y hasta los 55 años para los hombres; que las personas (diferenciadas de “las parejas”) no tengan un hijo “previo y sano”. Además se estipulan seis criterios de exclusión. En cuanto a las condiciones de aplicación, se reconoce la inseminación artificial; la fecundación in vitro; criopreservación de preembriones y gametos; técnicas de lavado seminal; y diagnóstico genético preimplantacional.Los servicios de genética serán evaluados por un Comité asesor que se creará para tal efecto, con un presidente (subdirector general de la Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud) y diez vocales.