Las autonomías deberán desglosar si los positivos se han detectado mediante PCR o test de anticuerpos

Coronavirus: modelo único de notificación de casos, suministros y contratos


17 abr. 2020 10:20H
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El Ministerio de Sanidad ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden a través de la cual establece un modelo úinco y detallado de notificación de datos de evolución sobre la pandemia de coronavirus para las comunidades autónomas. En ella se establecen nuevos criterios de clasificación a la hora de contabilizar los nuevos casos de contagio, así como las hospitalizaciones e ingresos en UCI, fallecimientos, material disponible y contrataciones de personal.

"La evolución de la situación de la crisis sanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma obliga a adaptar y modificar el procedimiento de notificación de la información epidemiológica que las comunidades autónomas deben remitir a este Departamento", asegura el documento firmado por el ministro de Sanidad Salvador Illa. Con este cambio, el gobierno pretende "asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis" tras la polémica suscitada en torno a los datos de contabilización.

En el apartado de contabilización de casos, Sanidad establece ahora una serie de distinciones. Así, solicita además de el número total de casos un desglose que indique cuántas confirmaciones se han producido a través de prueba PCR y cuántas mediante test de anticuerpos. Además, pide también distinguir los siguientes puntos:
  • Total acumulado de casos confirmados.
  • Total acumulado de casos confirmados sintomáticos.
  • Total acumulado de casos confirmados asintomáticos.
  • Total acumulado de casos confirmados que han sido hospitalizados (incluyendo UCI).
  • Total acumulado de casos confirmados que han ingresado en UCI.
  • Total acumulado de casos confirmados dados de alta epidemiológica.
  • Total acumulado de casos confirmados fallecidos.
  • Total acumulado de casos confirmados en profesionales sanitarios.

Situación asistencial, material y contrataciones


También se ampliará el número de datos requeridos sobre la situación asistencial. En este sentido, todos los centros que atiendan casos de Covid-19, ya sean públicos o privados, deberán envíar información desglosada sobre sus unidades críticas con y sin respirador, además de sus ingresos convencionales, reflejando: número total de camas, número de camas ocupadas por casos Covid-19 y que no tienen la enfermedad, número de ingresos y altas de pacientes con coronavirus, y previsión de altas en las próximas 24 horas. Esta información se amplía también a las comunidades autónomas e Ingesa en caso de centros no sanitarios habilitados para la gestión de pacientes contagiados. En ambos casos debe reflejarse, además, la presión de las urgencias.

En lo relativo al material necesario para el abordaje de la pandemia, las comunidades deberán informar semanalmente de su número de existencias y consumo de mascarillas quirúrgicas, FPP2 y FPP3; kits de PCR; gafas; hisopos; guantes de nitrilo, batas de protección; y solución hidroalcohólica. Adicionalmente, se remitirán datos de equipos de ventilación mecánica invasiva y ambulancias, tanto medicalizadas como no medicalizadas.

Por último, y también con carácter semanal, las autonomías informarán de sus contrataciones en el marco de la Orden SDN/232/2020 de 15 de marzo, entre la que se incluyen especialistas extracomunitarios, MIR, EIR, estudiantes y médicos jubilados, entre otros.
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