Ambulancia frente a la cárcel de Soto del Real.
Los partidos políticos ya han presentado sus
enmiendas al articulado a la proposición de ley que dota a los
funcionarios de prisiones, entre ellos los
sanitarios, el
estatus de agentes de autoridad. Para avanzar en esta medida,
Sumar introduce entre sus peticiones la
obligatoriedad de contar no solo con un médico general, sino también con un
psiquiatra y un
psicólogo clínico para garantizar la atención física y mental de los reclusos. Además, se prestará especial
atención a la prevención del suicidio, y se garantizará el tratamiento psiquiátrico para los internos que lo necesiten.
En concreto, estas peticiones se recogen en la
enmienda número 10, que modifica el artículo 36 de esta norma que, hasta ahora, solo recogía la necesidad de contar con un
Médico general con conocimientos psiquiátricos encargado de cuidar de la
salud física y mental de los reclusos y de vigilar las condiciones de higiene y salubridad en el establecimiento.
Por otra parte, se mantiene la posibilidad de que estos profesionales soliciten la
colaboración de especialistas y la necesidad de contar con un
Ayudante Técnico Sanitario, así como servicios de un médico
Odontólogo y de personal auxiliar adecuado. También conserva la opción de que los internos puedan solicitar “a su costa” los servicios
médicos de profesionales ajenos a las instituciones penitenciarias, “excepto cuando razones de seguridad aconsejen limitar este derecho”.
Sanitarios como agentes de autoridad
La proposición de ley del
PSOE que ya paso el primer filtro en el Congreso de los Diputados el pasado mes de junio (cuando se admitió a trámite), busca modificar el artículo 80 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, para que los
sanitarios sean reconocidmos como agentes de la autoridad junto al resto de funcionarios de prisiones. Según explicó en su momento el diputado socialista
José Luis Aceves, esta medida responde a la necesidad de ofrecer
seguridad jurídica y reconocimiento a los profesionales que desempeñan su labor en un entorno tan complejo como el penitenciario.
Según la proposición de ley, otorgar a los médicos y a los demás funcionarios de prisiones el estatus de
agentes de autoridad permitirá reconocer la
singularidad de su trabajo y dará "relevancia probatoria" a los informes que redactan en procedimientos administrativos y judiciales. Además, también recoge la obligación de la administración de
compensar económicamente a estos profesionales en caso de sufrir daños personales o materiales durante el desempeño de sus funciones.
Establecimientos con carácter asistencial
Otra de las
enmiendas relacionadas con cuestiones sanitarias planteadas por Sumar se encuentra en la modificación del artículo once, que señala que los establecimientos especiales como centros “en los que prevalece el carácter asistencial”. En concreto, recoge tres tipos, que se mantienen en la ronda de enmiendas: los centros
hospitalarios, los
psiquiátricos y los de
rehabilitación social, para la ejecución de medidas penales, de conformidad con la legislación vigente en esta materia.
La novedad en esta octava enmienda llega en la adición del segundo punto, que establece que, con el fin de garantizar la
reinserción de las personas internas, “existirá al menos una
unidad psiquiátrica en cada centro penitenciario, asegurando así la proximidad y coordinación con los recursos comunitarios y asistenciales de la comunidad donde reside el interno o la interna que padezca
patologías mentales”.
Reformas en hospitales psiquiátricos
Sumar también introducen la adición de una
primera disposición en su enmienda número once, que señala que, “en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, se llevará a cabo lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del
Sistema Nacional de Salud, relativa a la
transferencia a las comunidades autónomas de los servicios e instituciones sanitarias dependientes de Instituciones Penitenciarias”.
“Además, se llevarán a cabo las oportunas
reformas para que los establecimientos
psiquiátricos forenses, como los hospitales psiquiátricos Penitenciarios gocen de plena
separación institucional y funcional del servicio penitenciario, dado el diferente espíritu y perfil de personal que los caracteriza”, añade.
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