La Aneca ha formalizado los requisitos para que los profesionales extranjeros puedan ejercer en España

 Óscar Castro, presidente del Consejo de Dentistas de España, valoran los nuevos criterios de homologación de la Aneca.
Óscar Castro, presidente del Consejo de Dentistas de España.


5 sept. 2024 10:20H
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El sector de la Odontología ha recibido con optimismo la resolución de la Aneca (la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación) que recoge los nuevos requisitos para que los dentistas extranjeros puedan homologar sus títulos universitarios. En palabras de Óscar Castro, presidente del Consejo General de Dentistas, “es de agradecer” el establecimiento de unas pautas que faciliten la “farragosa y difícil tarea” de los evaluadores y limiten la “flexibilidad” de sus interpretaciones. No obstante, el mandatario murciano añade un ‘pero’ a su valoración: “Me llama la atención las pocas horas de prácticas que se piden”, advierte. 

Tal y como avanzó Redacción Médica, la Aneca, con Pilar Aneque al frente, tenía previsto hacer públicos “antes de agosto” los criterios de homologación de una nueva disciplina sanitaria tras los relativos a los de Enfermería y Psicología General. José Luis Aznarte, responsable de la división de Evaluación de Enseñanzas e Instituciones de este organismo, apeló a la necesidad de “eliminar cualquier tipo de incertidumbre o arbitrariedad” en este tipo de evaluaciones, de forma que fuesen más “homogéneas, transparentes y racionales”. 

Finalmente, a finales de julio se aprobó la resolución con los nuevos criterios para los dentistas, que establece dos requisitos fundamentales: que el aspirante disponga de 300 créditos universitarios ECTS (European Credit Transfer System) o haya realizado 3.480 horas lectivas en caso de proceder de fuera de la Unión Europea; y que disponga, como mínimo, de 540 horas de formación clínica

“Lo que hace la Aneca es poner orden en la evaluación de expedientes de homologación extranjeros, algo que si se deja al criterio del evaluador puede dar lugar a una mayor flexibilidad de criterios”, resume Óscar Castro. En declaraciones a este periódico, el responsable del Colegio de Dentistas destaca que hasta ahora la decisión de homologar o no un título universitario para poder ejercer en España “dependía mucho del evaluador, que puede ser más o menos estricto”, y que se enfrenta a una labor “farragosa y difícil”.

Añade, eso sí, que las 540 horas de formación clínica que se reclaman para la homologación del título están lejos de las que se realizan en España, que rondan el millar. “Esa disfunción es lo que más me llama la atención, aunque en conjunto, mi valoración es positiva”, sentencia. 

Condiciones para homologar el título de dentista


A fin de “facilitar el proceso de evaluación”, la resolución de la Aneca explicita también las materias más comunes asociadas a las competencias recogidas en la Orden CIN/2136/2008, de 3 de julio (relativa a los requisitos de evaluación de títulos universitarios para la profesión de dentista) y unas indicaciones para la correcta conversión en aquellos expedientes que no estén organizados en créditos ETCS. 

Las prácticas deben haber sido realizadas en forma de rotatorio clínico odontológico y con una evaluación final de competencias que permitan incorporar los valores profesionales, competencias de comunicación asistencial, razonamiento clínico, gestión clínica y juicio crítico", añade el documento. Asimismo, se deberán aportar “evidencias” de equivalencia del Trabajo de Fin de Grado (TFG).

“Se podrá tener en cuenta la experiencia profesional hasta un máximo del 15 por ciento del número de créditos del grado, es decir, hasta un máximo de 45 ECTS (1.125 horas, que incluyen horas lectivas y de dedicación personal del estudiante)”, destaca. 

Las carencias iguales o superiores a un 25 por ciento de las horas mínimas lectivas requeridas, es decir, carencias superiores a 870 horas en el conjunto de los módulos conllevarán un informe en términos desfavorables. 
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