El
Ministerio de Sanidad ha dejado de considerar a los
centros de reconocimiento como servicio esencial. Así lo expone una resolución de la Secretaría General de Sanidad que se publica en el
Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes.
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Dicha resolución modifica el anexo de la orden SND/310/2020, por lo que se establecen como
servicios esenciales determinados centros, servicios y establecimientos sanitarios con motivo del permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.
Este permiso estuvo vigente del 30 de marzo al 9 de abril. El documento explica que, como consecuencia “de las diferentes modificaciones operadas en orden a posibilitar la prórroga de la vigencia de los distintos permisos y licencias,
condicionados a la emisión previa del correspondiente informe de actitud psicofísica, procede excluir la consideración de esencial de los centros de reconocimiento”.
La resolución surte efectos a partir de este martes y mantiene el carácter de servicio esencial en el resto de establecimientos sanitarios que ya lo eran,
desde hospitales y centros de Primaria hasta centros de diagnóstico, bancos de tejidos, oficinas de farmacia y establecimientos de audioprótesis, entre otros.
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