Pelayo Pedrero
El
Ministerio de Trabajo ha publicado esta semana una
Guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al nuevo coronavirus, algo que no ha sido bien recibido por los sindicatos, que denuncian no haber sido preguntados. Por su parte,
Moncloa ha advertido que es competencia del Ministerio de Sanidad coordinar las medidas oportunas contra el
Covid-19.
Preguntado por este medio, el Ministerio afirma que "el personal médico tiene otras peculiaridades en cuestión de riesgos laborales" y que la guía que han elaborado "rige en las
relaciones de naturaleza laboral".
Por su parte,
Pelayo Pedrero, responsable de Salud Laboral del sindicato Amyts, considera que "las recomendaciones del Ministerio de Trabajo hacen alusión al artículo 21 de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales que afecta a todos los trabajadores". Por tanto, también afecta "a los profesionales sanitarios y a todas las Administraciones Públicas".
Riesgo "grave e inminente por contagio de coronavirus"
En concreto, el documento elaborado por Trabajo especifica: "En caso de que la prestación de servicios en el centro de trabajo conlleve un
riesgo grave e inminente de contagio por coronavirus, y en aplicación de lo previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, también las personas trabajadoras pueden interrumpir su actividad y abandonar el centro de trabajo", especifica.
"El problema es definir qué es un riesgo grave e inminente", explica el responsable de Amyts, que ejemplifica: "Podría ser que te obliguen a
entrar en una sala sin protección". Solo en estos casos extremos "estaría indicado", señala. "Se está planteando cierta escasez de material de protección, pero no están obligando a trabajar sin él", explica Pedrero, por lo que no existe de momento ese "grave riesgo".
Otras fuentes sindicales de CCOO respaldan la opinión de Pedrero, afirmando que "la autoridad la tiene Sanidad", aunque "la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales afecta a todos por igual".
Según fuentes consultadas por este medio, el personal médico depende, únicamente, de lo que dicte el Ministerio de Sanidad. De hecho el Real Decreto 1555/2004, determina que, "el
Ministerio de Sanidad y Consumo es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno sobre la política de salud, de planificación y asistencia sanitaria y de consumo".
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