El BOE recoge el anuncio realizado por la institución que dirige José Julián Díaz Melguizo sobre el centro sanitario

El Ingesa renuncia a liderar las obras del nuevo Hospital de Melilla
José Julián Díaz Melguizo, director de Ingesa.


16 ene. 2018 11:10H
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POR REDACCIÓN
El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha anunciado que renuncia a la contratación del servicio de dirección facultativa de las obras de construcción del nuevo Hospital de Melilla, así como a la aprobación, control y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud.

Tal y como consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes, la entidad que dirige José Julián Díaz Melguizo hace pública su renuncia a la celebración del contrato derivado del Procedimiento CA 09/002 cuyo objeto son los Servicios de Dirección Facultativa de las Obras de construcción del nuevo Hospital de Melilla, por “motivos de interés público”, al haberse producido, según el Ingesa, la extinción del contrato de obras del nuevo centro hospitalario en esta zona.

La noticia de sobre la contratación del servicio de dirección facultativa para construir el Hospital de Melilla no es nueva. Ya en junio de 2009, el Ingesa, a través del BOE, convocaba la licitación por concurso abierto de este contrato. La adjudicación definitiva fue publicada varios meses después (en noviembre de 2009) a favor de la UTE Planho Consultores-Ingho Management Facility, S.L.

Sin embargo, en mayo de 2015, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8 dictó una sentencia donde anulaba la adjudicación citada y ordenaba la retroacción de actuaciones. Tras distintas adjudicaciones acordadas por el Ingesa, posteriores a la sentencia citada, y tras distintas impugnaciones en vía administrativa y en vía contencioso–administrativa contra dichas decisiones, no fue posible que “se retomara la dirección de esta actuación por otro de los candidatos presentados al concurso convocado en 2009”, publica el BOE.

Por su parte, la situación de las obras del nuevo Hospital de Melilla, que se encontraban paralizadas desde finales de 2012 y en espera de que se resolviesen los distintos litigios, queda finalmente resuelta con la sentencia de 13 de abril de 2016 de la Sala de lo Contencioso–Administrativo de la Audiencia Nacional, que declaró “la resolución del contrato de obras en su día suscrito por este instituto”.

Consecuentemente con esta última resolución judicial, por parte del Ingesa se procedió la tramitación de las actuaciones marcadas por la normativa de aplicación: medición y comprobación de obras, así como el ulterior acto de aprobación de su liquidación.

Pero, de acuerdo con lo establecido en el artículo 139 de la Ley de Contratos del Sector Público, aplicable a este procedimiento "podrá renunciarse a la celebración del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el expediente. En este caso, no podrá promoverse una nueva licitación de su objeto en tanto subsistan las razones alegadas para fundamentar la renuncia".

Por eso, tras la extinción del contrato principal de obras, y siendo imposible la adjudicación del contrato de dirección con anterioridad a dicha extinción, teniendo en cuenta tanto la normativa civil como la administrativa, el Ingesa procedió a renunciar al contrato, tal y como se publica en el documento oficial.
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