Ya ha sacado a consulta pública previa la orden ministerial sobre el etiquetado de productos homeopáticos

Sanidad inicia la normativización en homeopatía sin indicación terapéutica
María Luisa Carcedo, ministra de Sanidad.


31 oct. 2018 14:40H
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POR BORJA NEGRETE
El Ministerio de Sanidad ha dado el primer paso necesario para normativizar la homeopatía sin indicación terapéutica. Este miércoles, justo un día después de que se publicara en el BOE la relación de productos homeopáticos que pasan la primera criba de la Agencia Española de Medicamentos y pueden seguir siendo comercializados, Sanidad ha sacado a consulta pública previa la orden ministerial que regula el etiquetado y prospecto de los mismos. 

Desde este momento y hasta el 15 de noviembre, cualquier ciudadano puede hacer sus aportaciones a la norma. El Gobierno pretende con esta norma trasladar al paciente la noción de que los productos homeopáticos sin indicación terapéutica no han sido evaluados clínicamente y que, por tanto, carecen de evidencia científica.

Mejora de la directiva europea



Con esta iniciativa, el Gobierno busca advertir al paciente de que la homeopatía carece de evidencia científica


Se trata de una de las principales aportaciones del Gobierno de Pedro Sánchez a la regulación sobre estos productos que aprobó el Ministerio de Sanidad de Dolors Montserrat en abril de este año en transposición de la directiva europea 2001/83/CE. Por aquel entonces, el Partido Socialista ya expresó su intención de endurecer las normas de su etiquetado para dejar claro que "son productos que no curan".

Y es que la directiva europea no obliga a los titulares de los medicamentos homeopáticos que no requieren indicaciones terapéuticas a adjuntar evaluaciones clínicas en sus solicitudes de registro. En cambio, sí obliga a presentar documentos que avalen su calidad farmacéutica, la homogeneidad de los lotes y la estabilidad del medicamento.

Precisamente, este es el hueco que el Ministerio de Sanidad quiere llenar con esta norma, para que así "las características particulares de este tipo de procedimiento de registro simplificado especial deban ponerse de manifiesto al paciente, a fin de evitar errores de comprensión y/o expectativas infundadas del tipo de producto ante el que se encuentra". 

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