La reclamación asciende hasta los 2 millones de euros.
Las reclamaciones y denuncias por mala praxis contra profesionales de la salud no paran de aumentar en los últimos años. Además, tras la llegada y aplicación del nuevo
baremo de 2016, la cantidad que se reclama es cada vez más alta, hasta el punto en el que
los médicos se tienen que enfrentar a reclamaciones millonarias.
La responsabilidad médica no es una obligación de medios, sino de resultados
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Una paciente demandó a un ginecólogo que realizó el seguimiento de su embarazo porque
no detectó malformaciones en el feto que gestaba. Como consecuencia, el bebe nació con síndrome de Apert, retraso mental y disminución intelectual. Por estos hechos,
la demandante reclamó 2 millones de euros al facultativo que le atendió durante su periodo de gestación.
La paciente justificó su demanda en que
el ginecólogo no había realizado las pertinentes pruebas ecográficas para descartar este tipo de malformaciones en el feto durante su embarazo, encontrando dichas malformaciones al menos en las extremidades y en la cabeza.
Los padres del menor alegaron que hubo una falta de información continua sobre los resultados de las pruebas que se habían ido realizando y sobre la existencia de graves anomalías en el desarrollo del feto, como polimalformaciones en diferentes órganos. La acción llevada a cabo, conocida por el término anglosajón “wrongful birth” (nacimiento equivocado o injusto), valora los problemas para los casos en los que el nacimiento se produce como consecuencia de un embarazo que la madre hubiera evitado y
no pudo hacerlo al no haber sido informada a tiempo de las anomalías que traía el feto.
Intervención de los peritos
Los peritos que han intervenido han destacado, por un lado, que el síndrome de Apert es un no progresivo de malformaciones complejas, que se detectaron al nacimiento pero que no progresan, ya que son lesiones definitivas. Por otro lado
, demostraron que el recién nacido presentaba polimalformaciones que se confirmaron posteriormente con un estudio de biología genética molecular, donde se observó que se trataba de defectos congénitos que existían desde el momento de la organogénesis.
Por parte del ginecólogo se demostró la realización de tres ecografías de nivel I. Los informes periciales que aportaron reflejaban que, a pesar del alto nivel diagnóstico de la ecografía, existen falsos negativos que no permiten excluir en su totalidad todas las malformaciones. Y es que, a pesar del minucioso control ecográfico
, no siempre es posible detectar determinadas enfermedades y malformaciones fetales.
También hay que recordar que, legalmente, la responsabilidad médica no es una obligación de medios, sino de resultados, por lo que el hecho de que no se diagnosticara la existencia de estas afecciones genéticas en las pruebas que se realizaron no conlleva directamente una mala praxis médica. En el estado actual de la Medicina existe un margen inevitable de error que no tiene por qué implicar una mala actuación del médico, ya que no se trata de una ciencia que sea infalible.
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