La historia clínica digital permite el acceso a datos relevantes, pero no a la totalidad de los contenidos
12 dic. 2013 19:02H
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Ricardo Martínez Platel / Imagen: Miguel Ángel Escobar. Madrid
El Foro Sanidad y Derecho, que organiza el Hospital La Paz de Madrid, ha abordado la seguridad de los datos de la historia clínica. Juan Manuel Ramos, jefe del Servicio de Archivo de Historias Clínicas del Hospital Ramón y Cajal, ha manifestado que la confidencialidad de esta información es exigible a todos aquellos que participan en la asistencia, que pueden ir "desde el celador al gerente".
Juan Manuel Ramos, jefe del Servicio de Archivo de Historias Clínicas del Hospital Ramón y Cajal,
La jurisprudencia recoge que la seguridad de estos datos debe extremarse. En este sentido, el Consejo de Europa insta a que se vigile que sean manejados por personas autorizadas y aconseja una utilización selectiva de los datos, separando los que son de índole médica o los que traten de asuntos administrativos. Sin embargo, Pilar Bravo, jefe del Servicio de Archivo y Documentación del Hospital La Paz, ha asegurado que "es difícil delimitar el acceso", algo con lo que ha coincidido Ramos, "debido al carácter multidisciplinar de los equipos".
Por su parte, Ángel Igualada, auditor informático especializado en protección y seguridad de datos sobre la salud, ha señalado que "la protección de datos en este ámbito va más allá de la confidencialidad y la intimidad", porque son de vital importancia para el ciudadano.
La historia clínica digital, además de garantizar el acceso de pacientes y profesionales a la información relevante en el territorio nacional, permite, gracias a un diseño funcional, el acceso a datos relevantes, pero no a la totalidad de los contenidos de los historiales. Entre los inconvenientes que tiene este sistema está "el esfuerzo adicional de los profesionales, recursos adicionales costosos y que las incidencias del sistema informático tienen impacto asistencias", según Pilar Bravo.
Los centros sanitaros tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo, cinco años contados desde la fecha de alta de cada proceso asistencial.
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