Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local, contra una sentencia del TSJ de Cataluña. El foco de debate es la importancia que tiene la lengua propia en las comunidades autónomas, como es Cataluña y la validez constitucional, por ello de la exigencia del conocimiento de esa lengua propia para acceder a puestos en la función pública cuando resulte conveniente.
La Sala expone que la jurisprudencia constitucional no considera desproporcionado establecer como requisito, y no solo como mérito, el conocimiento de la lengua propia de la comunidad cuando se trata de ocupar puestos funcionariales cuyo debido desempeño haga conveniente ese conocimiento. Por tanto, apunta que la razón asiste a la Generalitat de Cataluña en lo que sostiene que lo fue para cubrir un número concreto de plazas vacantes. Sin embargo, dos magistrados han emitido un voto particular al entender que se trata de una convocatoria para ingresar en la función pública estatal, ya que se quebraría el principio de igualdad en el acceso a ella.
De hecho, su tesis se apoya en una decisión anterior del Supremo choca con otra decisión tomada por el alto tribunal que anulaba unas oposiciones convocadas por la Generalitat de Cataluña porque exigían el conocimiento del catalán para unos puestos de funcionario que tenían “habilitación estatal” y no necesariamente debían estar destinados para esa comunidad autónoma.