R. Martínez / Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha denegado a una matrona con plaza en la sanidad pública de Madrid la posibilidad de presentarse a un concurso para la misma categoría profesional en el servicio de sanidad de Castilla y León (Sacyl).
T. Supremo. |
La razón es que la convocatoria no tiene por objeto un concurso de traslados un la promoción interna de funcionarios de carrera, sino el acceso a la función pública en otra administración. El alto tribunal acepta así el recurso de casación que había interpuesto la Junta de Castilla y León contra la resolución de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El TSJ de Castilla y León entendía que la matrona tenía derecho a presentarse al concurso por respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad para cubrir plazas públicas. Sin embargo, el Tribunal Supremo considera que el personal sanitario, incluida la matrona que recurrió la decisión de la Dirección General de Recurso Humanos de la Gerencia Regional de Salud, que acuerda excluirla del acceso a la condición de personal estatutario fijo en Castilla y León vía concurso de plazas, es en realidad parte del personal estatutario del Sistema Nacional de Salud.
En este sentido, la sentencia indica que todo el personal estatutario de sanidad forma parte del Sistema Nacional de Salud, aunque el acceso a las plazas se haga desde el servicio de salud de cada comunidad autónoma. Además, indica que la vía correcta para acceder a una plaza en otra comunidad autónoma es participar en un concurso de traslados.