Redacción. Madrid
El Tribunal Supremo ha condenado al Servicio de Salud Madrileño (Sermas) al pago de una indemnización de 126.987 euros, por mala praxis a una paciente que falleció después de que no le realizaran pruebas diagnósticas a tiempo para detectar un cáncer.
Tribunal Supremo. |
La paciente, de 50 años y con antecedentes de carcinoma epidermoide, ingresó el 11 de septiembre de 2006 en el Servicio de Nefrología de un hospital por un cuadro de dolor en el costado derecho de un mes de evolución y fiebre.
Así, se le diagnosticó un tromboembolismo pulmonar y se le dio de alta. Tras ello, acudió varias veces al hospital con los mismos síntomas agravados y sin que se le realizaran pruebas para detectar lo que le pasaba.
En enero de 2007, ingreso en el Servicio de Urgencias. Tras diversas pruebas se demostró que la paciente sufría un cáncer extendido por toda la cavidad abdominal y falleció unas horas después. El Supremo concluye que "las pruebas diagnósticas que no se realizaron hubieran permitido la detección del cáncer dos meses antes del fallecimiento". "Un diagnóstico precoz podría haber determinado alguna posibilidad de supervivencia por lo que, la falta de diagnóstico supuso una pérdida de oportunidad de supervivencia y una infracción de la lex artis que desembocó en el fallecimiento", destaca.
Tras ello acuerda indemnizar a los perjudicados en la cantidad de 126.987 Euros, manifestando que si no acuerda una indemnización mayor es porque no lo permite el principio de "reformatio in peius" dado que la Sentencia de instancia sólo fue recurrida por la Administración.