Exteriores del Tribunal Supremo.
La
sentencia del Tribunal Supremo en la que establece que el
personal interino tiene el mismo
derecho al reconocimiento de la carrera profesional que el fijo, va a provocar previsiblemente un
colapso de demandas en todos los juzgados españoles. Esto es así porque en España hay
miles de interinos y porque esta doctrina no obliga a la Administración a actuar de oficio, lo que hace que c
ada persona afectada por los atrasos en el pago tenga que presentar individualmente su reclamación ante la Justicia.
Según cálculos de expertos sanitarios ofrecidos a
Redacción Médica, se estaría hablando de aproximadamente unas
47.600 demandas.
En España hay unos 144.000 médicos, de los que 35.000 son de Atención Primaria, 81.000 trabajan en hospitales, 3.000 son profesionales en Servicios de Urgencia y Emergencias y 25.000 están en formación. Si se quita a los MIR y teniendo en cuenta que el
40 por ciento de la plantilla son interinos, sustitutos y eventuales, las demandas
alcanzan la cifra citada anteriormente.
La
coordinadora de Delegados en la Asociación de Médicos y Titulados Superiores de Madrid (Amyts), Mónica Alloza, explica a
Redacción Médica que la sentencia del Supremo “no es una ley”, sino
una doctrina. Esto significa que no obliga a las Administraciones a pagar la carrera profesional automáticamente, sino que cada persona afectada y que ha sido evaluada para acceder a la carrera profesional, tiene que acudir a un abogado para presentar
la demanda por la vía contencioso-administrativo para cobrar los atrasos. Lo que,
“probablemente” va a colapsar los juzgados.
Además, recuerda que
los costes del proceso judicial tiene que pagarlos el demandante, con lo cual, manifiesta que “cada uno tiene que echar cálculos individualmente para ver si les compensa”. Es decir, que “
depende de los atrasos de cada uno”, aunque sí cree que a los que tienen más de
un nivel 1 les merece la pena iniciar el proceso judicial.
¿Qué es lo que permite la sentencia del Tribunal Supremo?
Alloza señala que, a raíz de esta sentencia del Supremo y con la firma “esperemos que próxima” de
una fecha para que los interinos que fueron evaluados el año pasado puedan cobrar y que los que se evalúen este año ya sepan que el año que viene van a cobrar, “lo que va a pasar es que en la
partida presupuestaria que hay este año hay que incluir a los fijos”. Es decir, que lo que está dilatando la inclusión es “la pelea” entre las
consejerías de Sanidad y las de Hacienda.
“Vamos a suponer hipotéticamente que llegamos a un acuerdo en el que se empieza a pagar a los interinos con fecha, por ejemplo, 1 de mayo. Lo que ocurre es que los interinos que empiezan a cobrar ahora
no cobrarán con efecto retroactivo nada de lo anterior”, añade.
Entonces, lo que permite esta sentencia del Supremo es que
los afectados los puedan reclamar judicialmente. Pero también entra en está en esta cuestión el tema presupuestario. Hay que tener en cuenta que el presupuesto para este año ya está cerrado. “Entonces, tendrían que hacer una partida presupuestaria nueva para pagar atrasos y creo que es bastante improbable que ningún Gobierno lo haga de oficio. ¿
Se van a arriesgar a que todo el mundo lo judicialice y lo meta en tribunales? Igual pasó con los trienios”.
Por tanto, la limitación en esta inclusión de los interinos en la carrera profesional es
también presupuestaria, aunque Alloza reconoce que la sentencia “es muy potente y fija doctrina”. Y otra es saber a partir de cuándo se van a empezar a pagar los atrasos, para
saber si compensa o no presentar la demanda.
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