¿Qué gastos supone un cambio de compañía en Muface?


Los mutualistas y los beneficiarios de Muface con documento asimilado al de afiliación, que estén adscritos a los servicios públicos de salud o a las entidades de seguro de asistencia sanitaria, pueden solicitar el cambio de compañía, tanto por un proceso ordinario como extraordinario. Este trámite es sencillo y no supone gastos económicos.

El cambio de compañía Muface ordinario de compañía se realiza durante los meses de enero y junio y solo se admite una solicitud de cambio en cada periodo ordinario. Los titulares que no soliciten cambio continuarán adscritos a la misma entidad que lo estén a 31 de diciembre o, en su caso, a 31 de mayo de cada año. En el periodo extraordinario solo se podrá autorizar el cambio en determinados casos.

El mutualista puede autorizar a un tercero, mayor de edad, para que realice el cambio en su nombre. En tal caso, Muface exigirá la presentación de la autorización escrita para tramitarlo, que incluirá el nombre y número de afiliación del mutualista y el nombre y DNI de la persona autorizada.


¿Cómo se hace el cambio de compañía Muface?


La solicitud de cambio de entidad se puede hacer por Internet, enviando un impreso por correo postal o presencialmente en otros registros (con cita previa). Así, puede realizar este trámite:
  • A través de la Sede Electrónica de Muface.
  • Enviando el impreso por correo postal a su oficina de Muface.
  • Registrando su solicitud en cualquiera de los registros.

¿Cuánto cuestan las prestaciones complementarias de Muface?


Como complemento a la asistencia sanitaria, existen diversos tipos de prestación para mutualistas y beneficiarios y que tienen las siguientes cuantías.
  • Prestaciones dentarias. Dentadura completa (superior e inferior), 200 euros; dentadura superior o inferior, 100 euros; pieza, funda o corona (cada una), 20 euros; empaste, obturación o reconstrucción (cada uno), 10 euros; implante osteointegrado, 60 euros; Tratamiento de ortodoncia, 250 euros.
  • Prestaciones oculares. Gafas (de lejos o cerca), 20 euros; gafas bifocales/progresivas, 30 euros; sustitución de cristal (de lejos o cerca), 10 euros; sustitución de cristal bifocal/progresivo, 15 euros; lentilla, 20 euros; lentillas desechables (ayuda anual), 30 euros; lente terapéutica, 40 euros; ayudas ópticas para baja visión, 180 euros; Ayudas prismáticas para alteraciones severas de la motilidad ocular, 80 euros.ç
  • Prestaciones por material ortoprotésico.
  • Otras prestaciones complementarias (Audífono, 300 euros; colchón o colchoneta antiescaras, 125 euros; laringófono, 1.100 euros).

Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.